Si el local es de segunda mano, en principio para que usted pueda comprar con iva tiene que tener derecho a la deducción total del mismo para que el vendedor renuncie a la exención, con lo que hay que mirar los temas prácticos para que ese IVA sea deducible, puede convenir darse de alta en el IVA con anterioridad a la compra del local (salvo que el local sea de nueva construcción.
En principio tendría AJD que oscilara alrededor el 1.5% (aunque a lo mejor hay alguna comunidad que este mas alto).
El impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana lo tendría que pagar el vendedor, aunque hay vendedores que intentan que lo pague el comprador.
Gastos de notaria y registro.
El alquiler del local ira con iva con lo que las facturas irán con IVA.
No hay que olvidar que aunque el IVA se refleje en la escritura, es necesario que le den la factura por la compra del local para poder deducirse el IVA.