Adquisición vivienda contrato privado

Estimado amigo:

A finales de 2012 adquirí una vivienda mediante contrato privado de compraventa en el que se llevó a cabo la transmisión del inmueble al entregarse las llaves. También en diciembre de 2012 pagué el impuesto de transmisiones. Ya a principios de enero presenté en hacienda este documento privado así como la liquidación realizada el año anterior.

En enero de este año fui al notario a elevar a público ese contrato privado así como la hipoteca tramitada en enero de 2013.

Según me he informado en hacienda al llevarse a cabo la compraventa en 2012 podré disfrutar de la deducción por vivienda.

En la renta de 2012 podré desgravarrme por los gastos realizados en 2012 (esto sería: pago de arras, pago ITP) y ya en el iprf 2013 (gastos de notario, hipoteca...)

Es correcto?

Muchas gracias por adelantado.

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Efectivamente por haberse realizado la compra en el año 2012 tienes derecho a la deducción por adquisición de vivienda habitual. El importe sobre el que puedes desgrabarte para el año 2012 será la suma, como bien indicas, de los gastos en los que has incurrido en el año 2012 - pago de aras y ITP. En el año 2013 te deducirás en función de la hipoteca que pagas, también puedes incluir los gastos de notario y de tramitación de las escrituras - registro propiedad, gestoría, etc.

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