Incluir el texto 21% IVA Incluido es opcional. Este régimen especial tiene una forma singular de determinar la base imponible y la cuota del IVA. El adquiriente no puede deducirse el IVA soportado en esta operación en virtud del art.138 del LIVA.
Te copio el texto del art. 138
Artículo 138. Repercusión del Impuesto.
En las facturas que documenten las operaciones a que resulte aplicable este régimen especial, los sujetos pasivos no podrán consignar separadamente la cuota repercutida, debiendo entenderse ésta comprendida en el precio total de la operación.
No serán deducibles las cuotas soportadas por los adquirentes de bienes usados, objetos de arte, antigüedades u objetos de colección que les hayan sido entregados por sujetos pasivos revendedores con aplicación del régimen especial regulado en este Capítulo.
Espero haberte ayudado
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