Hola me ha llegado una notificación de Hacienda diciendo que no cuadra la cantidad declarada del cobro del paro con la que ellos manejan. La declaración es el 2007 pero se declaran los ingresos del 2006 ¿ha prescrito? Porque se supone que son 4 años. Gracias. Un saludo.
Respuesta de TAxdvisor
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TAxdvisor, Asesor Fiscal y Contable, miembro de la Asociacion de Expertos...
Según la Ley General Tributaria, en su Art. 66 se establece que "Prescribirán a los cuatro años los siguientes derechos: a.El derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación. b.El derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas. En su caso nos encontramos en el supuesto b. Siguiente con la LGT, en su Art. 67.1 el cual establece el cómputo de los plazos, estos se computan de la siguiente manera: "1. El plazo de prescripción comenzará a contarse en los distintos casos a los que se refiere el artículo anterior conforme a las siguientes reglas: En el caso a, desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo reglamentario para presentar la correspondiente declaración o autoliquidación. En el caso b, desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo de pago en período voluntario. Aplicando las disposiciones de la LGT a su caso: Usted presento autoliquidación con plazo reglamentario cumplido el 30 de Junio de 2007, de modo que la obligación prescribe si no se le ha notificado antes del 30 de Junio de 2011. De modo que si la notificación que ha recibido es de fecha de Octubre de 2011, el plazo para reclamarle ha prescrito.