Reclamación pago factura a francia

Quería exponerle el siguiente caso:
Somos una pequeña empresa de transporte, que realizamos transporte internacional con el país vecino (francia), el caso en concreto es que contratamos un viaje con la delegación de una empresa francesa en España, esta delegación fue cerrada y ante el impago nos dirigimos a la sede de Francia, y cual fue nuestra sorpresa que nos comentan que existe una denuncia de la empresa hacia el personal de su sucursal en España por robo y que habían desaparecido tanto el personal como los equipos informáticos, por lo tanto no podían pagarnos porque no sabían si ya se había pagado la factura. Les comentamos que nosotros le realizábamos un certificado en el que aseguramos por escrito el No cobro de la factura, pero ni por esas. Tenemos alguna referencia de la existencia de la Ley Guyssot en el que se puede reclamar el paga directamente a la empresa que solicitó el servicio a la empresa de transporte.
¿Podría indicarme y guiarme sobre este tema?

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Sobre el pago de la deuda, no es a Vd. de certificar que no ha recibido el pago (aunque en Francia el escrito que ha hecho puede valer).
Aunque a la empresa francesa le hayan robado todo en su delegación española, pienso que tenían un banco y con solicitarles la información del pago de su factura le pueden (ellos) dar la prueba de que han pagado su factura.
Referente a la loi Gayssot, sí que es de aplicación salvo que de memoria, se necesita previamente el acuerdo de subcontratación del mandatario principal.
Por terminar, el tipo de estructura jurídica en España de la empresa francesa, le compromete (o no) al pago de su factura.
Por terminar, en la Ley francesa, la empresa es responsable de los acontecimientos que se han hecho en su nombre (hablo de los legales, no del robo de su materal etc...) por lo cual volvemos a la parte tipo de estructura en España.

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