Nomina de Autónomo Sociedad
Estoy de administrativo en un pequeño grupo de empresas (3 SL's y 1 autónomo), dicho autónomo esta de Administrador en las 3 sociedades, pero realmente trabajar como trabajador (sin cargo de dirección ni altos cargos), esta en una.
Perdonar, que haga estas preguntas, pero nunca se me ha dado un caso así.
Hasta aquí me ha surgido un par de dudas:
1/ Imagino que el Autónomo, como estar en el régimen especial (reta) no hay que darlo de alta en sistema red (afiliación) ni comunicar el contrato al sepe (contrat@), eso es lo que mi conocimiento me dice, ya que realmente dicho trabajador (autónomo) no cotiza por la sociedad.
2/ En la nomina no cotizara a SS ni a desempleo ni fogasa, por lo que solo se le retendrá el IRPF.
3/ Yo tenía entendido que en la Nominas de Autónomo, teóricamente, se le retiene el 15% de IRPF, pero después de ver varios ejemplos y comentarlo con algunos compañeros de la profesión, me han comentado que se les retiene según la tabla y lo que les corresponda a cada uno, cada uno tiene su versión, yo la verdad que la primera nomina la he creado con un 8,00% Retención (Es lo que le salía según la tabla), pero bueno que hasta que se presente el 111 aún puedo cambiarla.
4/ Esto no tengo duda ninguna, ya que tengo claro que como toda retención de rendimientos de trabajo, se declara en el modelo 111, hasta aquí sin ningún problema.
Pero algunos compañeros me han comentado de que el Autónomo tiene que presentar el 130 y volver a declarar por ella, por una parte le veo la lógica pero por otra no, ya que el autónomo terminaría pagando por dos sitios, por un lado la retención de la nomina y por otro el 130 que sería un 20% si no me equivoco de la "ganancia", por lo que al final le quedaría una nomina ridiculiza..
1.000 Brutos.
- 15% I.R.P.F
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880,00€ a Recibir !
Pero si de hay también tenemos que quitarle el 20% del Trimestral de I.R.P.F (Mod. 130) quedaría: 704,00€, por lo que no lo veo nada rentable, ya que esos 300€ que se "ceden a hacienda" durante un tiempo, aun que luego que lo devuelvan en la Renta, si te lo devuelven claro, es bastante, ya que una media de 300€ al mes al año son unos 3600€ solo de I.R.P.F.
¿Es necesario también presentar el Modelo 130, en el caso de Nominas de Administrador Autónomo?
¿Conocéis otras alternativas?