A nivel general, siempre que no hayan transcurrido cuatro años desde la finalización del plazo de entrega de la declaración del año en cuestión y siempre que la administración tributaria no haya practicado la liquidación definitiva o liquidación provisional por el mismo motivo que usted alega, en casos como el suyo puede solicitar la rectificación de su autoliquidación en su Delegación de hacienda.
Así pues, eso es lo que usted debe hacer para que le rectifiquen su autoliquidación y le incluyan la deducción por maternidad. Esta rectificación se puede solicitar también desde Internet a través de la Sede Electrónica de la AEAT, si bien yo le recomiendo que si le es factible acuda en persona a la Delegación de Hacienda.
Espero haberle sido de ayuda y si tiene alguna otra cuestión no dude en comentármela, estaré encantado de ayudarle. Aprovecho para comentarle que en mi blog www.misfinanzasytudinero.com publico artículos relacionados con la fiscalidad y las finanzas que igual le pueden ser de ayuda en otra ocasión. Puede suscribirse al mismo o unirse a mi twitter o google+ y así mismo le agradecería que si considera que el blog es interesante y cree que puede ayudar a más gente le diera difusión en sus redes sociales.