Requerimiento comprobación limitada

Puede enviar un requerimiento de comprobación limitada una delegación de Hacienda de distinta provincia a la que resido, ¿y dónde jamas he estado?.

Me explico... Vivo en Tarragona y me citan en la delegación de Tarragona, pero cuando me presento me dicen que todo esto viene desde Barcelona... Yo jamas he estado allí ni tengo nada que ver con Barcelona... Porque tengo que enviarles mi documentación a ellos?

¿Es legal?..

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Dependiendo del tipo de procedimiento de comprobación, puede ser emitido por la delegación de otra provincia, pero normalmente es para verificar datos de un tercero o de usted si tiene algo en Barcelona...

Le recomendamos se ponga en manos de un abogado, que le estudie su caso y le ayude.

Un tercero??? la comprobación es sobre el inmueble que transmitimos en 2009, el 50% de la vivienda de cada uno , mi ex y yo, pero no tenemos nada que ver con Barcelona,....ni la casa estaba en Barcelona ni nada, igual el hombre este de la Delegación no sabe ni por donde va, porque la dirección de envío del requerimiento es correcta y mis datos son correctos, no puedo contratar un abogado, no tengo dinero para pagarlo, por eso preguntaba si eso era normal.

Gracias.

Si usted vendió una vivienda, puede que el comprador sea de Barcelona o tenga su dirección actual allí (tercero). Pero sin conocer el caso concreto, es complicado poder indicarle mucho mas... Pero tenga en cuenta, que si es por un inmueble, es posible que no sea de la Agencia Tributaria, sino de Hacienda de la Generalitat de Cataluña.

Si no dispone de medios económicos, puede intentar la justicia gratuita en el colegio de abogados de su localidad, o al menos, del servicio de atención al ciudadano que suelen tener.

La comprobación limitada es de hacienda ya que fui ayer a entregar la documentación allí, si hubiera sido por la generalitat hubiera sido en otra dirección, en cuanto al comprador, indico como domicilio tarragona, es decir la vivienda que compraba, ya que obtuvo beneficios fiscales por la edad.

Ademas que tiene que ver la compra que yo hice en

El 2002 con la venta en 2009, no se .....yo n puedo aportar nada al cmprador ya que se han de basar en sus escrituras no en las mías creo......no entiendo nada y como no dan ninguna explicación.. .pues a callar y aplaudir.

Sin conocer el caso concreto y estudiar la documentación, no podemos indicarle mucho mas...

En cualquier caso, usted esta obligado a prestar colaboración y le volvemos a recomendar que se ponga en manos de un abogado, mediante el servicio de orientación jurídica del colegio de abogados de su localidad.

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