Declaración de la renta II

Hola de nuevo, verá quería hacerle unas nuevas consultas, le comenté que yo quiero desgravar un alquiler de un piso, pero el contrato no está a nombre mío sino de mi novia, entonces para saber si podía hacerlo. Bueno, pues el tema es que le preguntamos al casero si tenia declarado el piso y nos ha contestado que sí. Entonces le dijimos que si nos podía hacer un anexo en el contrato en el que figure yo junto a ella como arrendatario del piso y nos contestó que sí, que no había problema, todo esto se lo pedimos que pusiese fecha del año pasado para poder declarar lo de este año anterior. Entonces quería preguntarle algunas cosas:
- ¿Puedo declarar el piso yo como único pagador aunque el contrato figure a nombre de los dos? Ya que mi novia está en paro y si pidiesen una inspección pues alegar que mi novia figura en el contrato, pero que ella no paga nada, que los ingresos son por parte mía.
- ¿Tengo qué pedirle doce recibos también a mi nombre? O con el contrato sería suficiente.Si la respuesta es que sí tengo que pedirle los 12 recibos, ¿qué debe figurar en ellos? ¿El IVA?
-¿Le perjudicaría en algo al casero hacerme los doce recibos a mi nombre y tener que hacer en cada uno de ellos el IVA correspondiente?
Nada más, necesito su ayuda, muchísimas gracias.

2 Respuestas

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Es una buena solución la que habéis encontrado, enhorabuena.
Vamos a por las dudas:
A la primera pregunta: NO no puedes figurar tú como único pagador ya que como tú indicas tu novia también está en el contrato. De todas formas, a tu novia quizás le convendría hacer la declaración. Las cuotas de alquiler desgravan mucho y posiblemente le saldría dinero a devolver. ¿Habéis probado pedir su borrador? Os recomiendo que os acerquéis a una delegación de Hacienda con su DNI y lo pidáis. En el caso de que salga dinero a devolver (que seguramente saldrá) lo presentáis, en caso contrario no porque no tiene obligación. Es que hay una cosa que cree la gente y está un poco equivocada, que no tengas obligación de declarar no quiere decir que no te convenga declarar. Aunque no se tenga obligación de presentar la declaración anual de la renta se puede presentar de forma voluntaria, y más si Hacienda tiene que devolverte dinero, ¿no crees? Es que te veo muy obcecado con tu declaración y quizás a quien le convenga presentarla es a ella.
A la segunda pregunta: Mejor que te de los recibos de pago. Lo que realmente justifica que habéis pagado el alquiler son los recibos y no el contrato. De todas formas debéis presentar toda la documentación que tengáis, incluido el contrato. En los recibos debe figurar el nombre del pagador, el arrendatario y la cantidad. Importante que figuren los NIF de todos los implicados. Y el IVA también, claro, todo deglosado en el recibo. Un recibo tiene la misma validez que una factura si está bien cumplimentado.
Al casero no le perjudica hacer los recibos a tu nombre ni desglosar el IVA. Si el contrato es legal él debe declarar los ingresos, independientemente del nombre al que vayan. Él ha de declarar el IVA de una forma u otra, no te preocupes.
Ya me contarás como queda el asunto.
Hola de nuevo, verá quería hacerle unas nuevas consultas, le comenté que yo quiero desgravar un alquiler de un piso, pero el contrato no está a nombre mío sino de mi novia, entonces para saber si podía hacerlo. Bueno, pues el tema es que le preguntamos al casero si tenia declarado el piso y nos ha contestado que sí. Entonces le dijimos que si nos podía hacer un anexo en el contrato en el que figure yo junto a ella como arrendatario del piso y nos contestó que sí, que no había problema, todo esto se lo pedimos que pusiese fecha del año pasado para poder declarar lo de este año anterior. Entonces quería preguntarle algunas cosas:
- ¿Puedo declarar el piso yo como único pagador aunque el contrato figure a nombre de los dos? Ya que mi novia está en paro y si pidiesen una inspección pues alegar que mi novia figura en el contrato, pero que ella no paga nada, que los ingresos son por parte mía.
- ¿Tengo qué pedirle doce recibos también a mi nombre? O con el contrato sería suficiente.Si la respuesta es que sí tengo que pedirle los 12 recibos, ¿qué debe figurar en ellos? ¿El IVA?
-¿Le perjudicaría en algo al casero hacerme los doce recibos a mi nombre y tener que hacer en cada uno de ellos el IVA correspondiente?
Nada más, necesito su ayuda, muchísimas gracias.
Hola de nuevo anaessat, bueno, respecto a lo de obcecado he de decirte que es cierto, pero es por un motivo, yo le comenté a mi novia que por qué ella no hacía la declaración y me comentó que no porque por lo visto su padre la tiene metida a ella en unos terrenos o algo así que son propiedad de él...(por lo visto el padre tiene unos terrenos y a ella le debe tener metida como que alguno es de su propiedad, para desgravarlo él o no sé algo así, es que yo de eso no entiendo...) Entonces, ella ante el temor de perjudicarle a él o que a ella no le salga a devolver, creo que me toca hacerla a mí...´
Por supuesto te contaré como ha quedado todo. Muchísimas gracias por tu ayuda, de verdad.
Y ya mi última consulta, es que tengo que entregárselo hoy al casero lo que necesito...
El contrato tiene fecha de :
Tenemos uno de Junio del 2008 y otro de Diciembre del 2009, Los dos son anuales, entonces:
-¿En cuál de ellos me debe incluir a mí?
-Los recibos deben venir solo a mi nombre supongo aunque figuren los dos NIF, ¿el pagador debería ser yo sólo para poder desgravar más no?
Gracias de nuevo y mil disculpas que andará muy ocupado.
Ocupada! En femenino, je je!
De todas formas te sigo diciendo que quizás sea bueno que tu novia pida el borrador, eso no obliga a nada, si le sale a devolver y lo quiere presentar que lo presente y si no pues nada. Presentando el borrador no tiene porqué perjudicar a su padre porque el borrador ya son datos que tiene Hacienda registrados, es decir, para bien o para mal esos datos ya los está trabajando Hacienda de algún modo porque es lo que le consta legalmente. Lo podeis solicitar también por internet en el siguiente enlace: http://www.aeat.es/wps/portal/DetalleTributo?channel=fa6b5d28733d7210VgnVCM1000004ef01e0a____&ver=L&site=56d8237c0bc1ff00VgnVCM100000d7005a80____&idioma=es_ES&menu=2&img=19
El casero te debe incluir en los dos contratos. La declaración que vas a presentar es del ejercicio del 2009. Entonces, tenemos el primer contrato que va desde 06/2008 als 12/2009 (casi todo el ejercicio 09) y el último que abarca el mes de diciembre.
Y los recibos, si van a tu nombre y figura tu NIF y el del arrendatario será suficiente. Lo que no tengo claro es que te desgrave a ti toda la cantidad ya que como debes presentar también el contrato de alquiler, seguramente no te desgravaran todo a ti ya que parte le corresponde a tu novia. Por eso te comento lo del borrador, para que lo veáis claro y os desgravéis todo lo que podáis.
oops...! Perdón! XD .Ocupada, quería decir, je je. Bueno respecto a lo de que me desgraven a mi toda la cantidad, ¿no puede ser? ¿Por qué? No puedo alegar que el contrato está a nombre de los dos, pero el que paga soy yo.Que ella está viviendo conmigo pero no paga nada de alquiler. Bueno ya no le pregunto más. Muchas gracias, y si necesito algo más y me ayuda en la gestión saliéndome algo a devolver, prometo compensarla en la medida que pueda económicamente. Esta siendo usted muy amable. Gracias.
Tú intenta presentar los recibos a tu nombre y de momento si no te lo requieren, no presentes el contrato. Si te piden el contrato a posteriori ya lo presentarás, pero si no te lo piden, entonces sí te desgravarás todo. Todo depende de lo que Hacienda te requiera. Lo que me da miedo es que te pidan el contrato y saquen la parte proporcional que contractualmente pertenece a tu novia, por eso te digo que mejor no lo presentes de momento. Al fin y al cabo los recibos deben ser suficiente justificante de pago.
Y no te preocupes, no me tienes que pagar nada!
Si necesitas algo más contacta, ¿ok?
Bueno, pues cada vez son más las preguntas que me asaltan... he solicitado el borrador, pero claro, supongo que como no figuro en ningún lado con lo del piso,me saldrá nulo o a pagar en todo caso no sé...
Luego lo he comentado con un compañero de trabajo y el me ha dicho que si no figuro en el contrato del año anterior que un anexo no sirve, o que me incluya a mí, porque dice que ya lo tendría que haber hecho el año anterior, que ahora no puedo aparecer ahí como un fantasma...No sé si ese contrato se presenta en algún sitio, ¿o simplemente es por si se lo piden? Y luego el declara el piso pero sin importar quien sea a quien se lo arrienda.
Mi compañero me ha metido miedo y me dice que si hago la declaración de este modo, que pueden investigarme y meterme una buena multa, por intentar defraudar... y yo pienso que no intento defraudar a nadie, sino que simplemente es la verdad, lo que pasa que yo como nunca hice la declaración no tenía ni idea que el alquiler desgravaba y nunca me había preocupado por este tema, porque como no llegaba a los 22000 anuales no tenía obligación.Por eso nunca me preocupó figurar en el contrato donde está ella.
¿Se puede entonces pedir que me incluya en el contrato del año anterior? Vamos, ¿en los dos? ¿O ya no se puede?
Muchísimas gracias de verdad, espero su respuesta está siendo muy muy amable, perdone por tantas preguntas.Aún no le he pedido nada, ya que estaba muy confuso y le he dicho que mañana le pediría lo que necesito.
Hacienda no va a meterte ninguna multa, no te preocupes. Como mucho se harán una declaración nueva con las correcciones. Tú presenta los recibos que es el justificante legal de pago que tienes.
Perdona que te haya contestado así rapidito, es que me quedaba sin batería.
Mira, Hacienda no va a multarte. Lo que hace Hacienda si ve que estás desgravándote algo que no te corresponde es una declaración complementaria. ¿Qué significa esto? Que si ahora, por ejemplo te sale a devolver, pongamos por caso 400 euros y en realidad no te puedes desgravar los recibos (que yo creo que sí colarán) ellos, al cabo de un tiempo, normalmente antes de final de año te enviarán una cartita con las correcciones oportunas y lo que salga con la nueva declaración. Que no tiene porqué salirte a pagar, puede que te devuelvan dinero, pero menos.
Yo te sigo diciendo que lo que debes presentar son los recibos que es lo que justifica realmente el pago del alquiler. El contrato de alquiler se formaliza en el registro de la propiedad pero los recibos van a Hacienda y tienen validez legal, tanto los datos que figuran, que deben ser correctos y legibles como los impuestos que estás pagando.
Si el arrendatario se presta a hacerte los recibos, desgrávatelos y ya está. Ya te digo, que como mucho, todo lo malo que te puede pasar es que Hacienda no te los acepte, pero ya está.
Muchísimas gracias, de verdad.Ya te contaré a ver que ha pasado. Espero que me dejes agregarte como mi expertA favoritA je je... y estemos en contacto.De verdad muchas gracias. Feliz noche.
He estado buscando legislación al respecto: Para desgravar alquiler, si se aportan los recibos debidamente cumplimentados se admite incluso un contrato verbal entre las partes, siempre y cuando ambas declaren el pago y los ingresos respectivamente. Es decir, en caso de que Hacienda haga un requerimiento el arrendatario del piso puede certificar que realmente eres tú el que paga el alquiler así que en principio no debes tener ningún problema. El problema sería si el arrendatario no se prestara a ayudaros pero si el hombre os echa un cable, estoy segura de que no vais a tener ningún problema.
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En el primer caso no. si estuvieseis casados, prodriais hacer la declaración conjunta y desgravarlo todo, pero también computarían sus ingresos del paro. En el caso que nos ocupa, no. Si va a nombre de los dos, siempre es al 50%.
Seria conveniente que rehiciese los recibios a nombre de los dos o dos recibos, uno para cada uno al 50%, aunque el propio contrato te serviría de prueba para deducirte tu 50% si Hacienda te expide una paralela y te cita en trámite de audiencia.
A tu casero le pedirán explicaciones, ya que habrá hecho la declaración imputando todos los ingresos a tu novia, aunque lo más seguro es que con un simple escrito se lo arreglen.
Por cierto, él no paga IVA, solo aplica retenciones. Las viviendas no tributan IVA, solo tributan por renta.
Según tengo entendido y nos han comentado, ¿con los doce recibos sería suficiente porque un contrato verbal hasta puede valer en caso que nos pregunten por el contrato.Así que vamos a intentar que me desgraven todo el alquiler que pago ya que mi novia está en paro .A ver si me puede ayudar qué le parece? Gracias.
Legalmente los contratos verbales tienen valor, pero hay que demostrarlo, esto es, hacen falta testigos que lo acrediten o que la otra parte esté dispuesta a reconocerlo.
Realmente, se darán cuenta si el arrendador solo ha declarado a tu pareja en su declaración de arrendamientos, por lo tanto, podrían llamaros a aclarar la situación. En ese caso, tendrías que decir que el alquiler es realidad de los dos, pero el propietario tendría que estar informado de ello porque también le preguntarán, así que no debe decir lo contrario.
Si nos llaman para aclararlo el casero no pondía pega en decir que yo soy el que pago los recibos porque mi novia se ha quedado en paro.No sé si esto tendría validez.Si confieso que el alquiler es de los dos en ultima instancia, ¿qué puede suceder? ¿Me devolverían algo o me puede caer alguna multa? Gracias.No intento defraudar sino que es la realidad, mi novia actualmente está en una situación mala que si yo no estuviese viviendo con ella no podría pagar el piso y aparte el paro se le acaba en Diciembre de este año con lo cual nuestra situación es más preocupante.
LO que ocurrirá es que se darán cuenta al cruzar los datos y ver que a quien han declarado como arrendataria es a tu novia y al no estar casados y no proceder declaración conjunta, no les cuadrará.
LO que suceda dependerá y mucho del funcionario. Legalmente, puede decir que la comunicación a Hacienda está hecha de forma que solo figura tu novia y a ti no te corresponde, con lo cual lo eliminaría y te sacaría una declaración paralela, con el incremento de cuota que salga, recargo por intereses y según aprecie él, sanción por intentar defraudar o no.
LO mejor, si quieres incluirlo, es que el dueño os haga un nuevo contrato, con la fecha del anterior, pero a nombre de los dos. El arrendador al no haber defraudado, no le psaría nada y si te llaman, con la copia del contrato sería suficiente para demostrar que se ha tratado de un error y lo subsanaría.
Ten en cuenta que es un arrendamiento de vivienda y por ello, no hay retenciones, con lo cual es menos probable que vean el error, pero haced el contrato bien.
Bien, nos ha hecho un contrato con fecha anterior y a nombre de los dos.Mi última pregunta es si yo puedo deducir el 100% (los 600 euros que pagamos) o sólo la mitad (300 euros) .Por cierto, solicité el borrador y sin incluir el piso me sale a ingresar 260 euros. ¿Usted cree que me conviene hacerla? Gracias.
Solo puedes consignar 300 euros, puesto que no estáis en el régimen de bienes gananciales.
Creo que sí que te conviene al menos calcularla. Al introducir los gastos por alquiler, la renta te bajará 3600 euros y puede que pase a ser negativa. Eso también depende de las retenciones, por lo tanto, si no se calcula es imposible conocer el resultado de antemano.
Ponlo y si no te sale negativa y no llegas al mínimo, estás en tu derecho de no presentarla.
Hola de nuevo y ya por último, quería consultarle lo siguiente. Verá el casero al final nos ha hecho un contrato en el que figuramos los dos, pero doce recibos a nombre mio por importe de 600 euros.No puedo alegar que tanto mi novia como yo vivimos en el piso, ¿pero qué yo lo pago ya que ella se ha quedado en el paro? Y por último. Para hacer la declaración me piden que lleve la referencia catastral del inmueble, sé en que página meterme.El problema es que nosotros vivimos en una entreplanta y no sé como figura esto si como un B1 o un -1 o no sé a ver si me puede ayudar ya por último.Mil gracias.
Si el contrato está a nombre de los dos, tienes defensa. En realidad, sería mejor un recibo a nombre de los dos o dos recibos, pero el contrato demuestra claramente que sois co-arrendatarios y por lo tanto, lo podéis desgravar a medias.
La referencia catastral no siempre sigue la lógica que creemos. Lo mejor de todo, es que vuestro casero te haga una fotocopia del recibo IBI que paga. Allí figura la referencia catastral sin error alguno.

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