Arrendamiento local comercial. Obligaciones

Se me ha caído el techo del bar hace dos días.
¿Está obligado el arrendador a realizar las reparaciones? ¿Qué plazo?
En el caso de que me haga cargo de las reparaciones, ¿cómo repercuto el importe al arrendador? ¿Puedo dejar de pagar el alquiler?
¿Quién me paga a mi los días de inactividad? (No me lo cubre el seguro)

1 Respuesta

Respuesta
1
Efectivamente el Arrendador tendrá que arreglar los desperfectos del techo ( Artº. 1554-2º del CÓDIGO CIVIL), si tu no has modificado el techo, en el plazo más breve posible. Tu debes seguri pagando el alquiler y el debe pagar la reparación, lo que pasa es que normalmente se llega al acuerdo POR ESCRITO, que el Arrendatario pague las reparaciones ( siempre suele ser más rapido y mejor) y se las descuente al propietario de los alquileres sucesivos. También se debe llegar a un acuerdo para que los días de inactividad no te cobre alquiler, pero no es obligatorio que te los descuente, TODO LOS ACUERDOS A LOS QUE LLEGUÉIS QUE SEAN POR ESCRITO Y FIRMADOS POR LOS DOS.
Espero haberte ayudado a solucionar el problema. Por favor no olvides puntuar. Gracias y un saludo FULMA<

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas