¿Me pueden exigir deudas con una sociedad disuelta?
Tengo alquilada una plaza de garaje a una Comunidad de Bienes, desde Enero me devuelven los recibos del banco donde yo pagaba el alquiler, así que he preguntado los motivos al banco y me dicen que la cuenta donde hacia los pagos del alquiler ya no existe.Tras ponerme en contacto con un socio de esa Comunidad, me comunica que ya se han disuelto, pero me pide que haga el ingreso de las siguientes mensualidades y las atrasadas en otro numero de cuenta que me facilita él. Yo quiero hacer un nuevo contrato aunque ya le he ingresado los meses de agosto y septiembre donde me indica. Mi pregunta es: ¿ estoy obligado a pagar los atrasos correspondientes a los meses desde que la Comunidad se disolvió? Ya que considero que el contrato firmado ya no tenia valor desde ese momento.Y ni les obligaba a ellos ni a mi.
Muchas gracias y un saludo