Carta de porte

Somos una empresa que nos dedicamos hacemos distribución de mercancía paletizada a nivel nacional, contratando conductores autónomos con esus vehículos propios.

La pregunta es si estamos obligados a rellenar la carta de porte, tanto a nivel provincial como a nivel nacional.

En caso de si estar obligados y en el caso de que el transportista lleve varios destinos para la entrega de la mercancía, ¿es preciso hacer una carta de porte por cada destino?

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Según la LOTT, el responsable de la documentación de una expedición es el cargador. Por lo tanto, si el camión sale de vuestros almacenes estáis obligados a hacer la carta de porte.

El hecho de que el conductor sea autónomo o no, no influye en quien tiene que hacer la documentación, solo influye en el caso de sanciones (si le paran sin la carta de porte le multarán a él por no llevar documentada la carga y al cargador porque es el responsable de hacer la documentación).

Hay modelos de cartas de parte donde se pueden poner varios remitentes y destinatarios para no tener que hacer una por cada destino. No obstante, si hacéis distribución, igual es más fácil que cambiéis el "albarán de entrega" por un documento que ponga "Carta de porte" con los requisitos de la carta de porte y así solo tenéis que hace un único documento, y el chófer en vez de entregar con un albarán que entregue con una carta de porte.

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Costo por no llevar la carta porte

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