Cerrar una empresa

Tenemos una empresa con una deuda deunos 123000E . No tiene actividad actualmente. Quisiera saber que podemos hacer para cerrarla ya que no podemos hacer frente a los pagos. Por favor necesito una respuesta lo antes posible.

1 Respuesta

Respuesta
1
Aunque no soy experto en quiebras y liquidaciones de empresa te cuento lo que se:
Para cerrar una empresa con deudas se debe iniciar lo que se llama "procedimiento concursal"
Un procedimiento concursal es un proceso que se inicia mediante solicitud ante el juez de lo mercantil (Juzgado de lo Mercantil), o en caso de que no existiera deberías acudir al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción.
Tras la declaración del concurso, el juez pedirá la relación de deudas de la empresa y de los bienes y derechos disponibles para su pago. Se establece un orden para los derechos de cobro de los acreedores, de manera que unos tienen privilegio ante otros, por ejemplo, una deuda con una garantía hipotecaria tiene preferencia de cobro frente a una que no la tiene como facturas de proveedores.
La declaración del concurso tiene una serie de consecuencias en las deudas. Por ejemplo, se dejan de devengar intereses si fuera el caso.
Para solicitar la declaración de concurso es necesaria una serie de información, por su complejidad, te recomiendo contactar con un profesional (asesor, abogado,...) experto en quiebras de empresas que te pueda ayudar con estos trámites. Algunos de los trámites son:
- Memoria expresiva de la historia económica y jurídica del deudor, de su actividad en los últimos 3 años y de los establecimientos, oficinas y explotaciones de los que sea titular.
- Un inventario de los bienes y derechos, con expresión de su naturaleza y lugar en el que se encuentren, identificación registral, valoración y cargas.
- Relación de acreedores por orden alfabético, con la identidad de cada uno y cuantía y vencimiento de las deudas y sus garantías.
- Las cuentas anuales e informes de gestión de los últimos tres años.
- Memoria de los cambios significativos operados en su patrimonio con posterioridad a las últimas cuentas anuales.
Espero haberte podido ayudar. No olvides puntuar la respuesta.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas