Cambio de Convenio colectivo

Pertenezco a una empresa del sector de la construcción, a partir de 2007 la empresa matriz, con otra actividad, ha decidido gestionar nuestro departamento de personal y aplicar parcialmente y sin ninguna formalidad su convenio. La pregunta es podría argumentarse por la aplicación y el paso del tiempo que pertenecemos a este nuevo convenio. Existe algún registro administrativo que debiera recoger a nuestra empresa como adscrita al convenio de la construcción.

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Según me comentas, entiendo que tu empresa pertenece al sector de la construcción, pero no especificas a que se dedica la empresa matriz, si es una industria que pueda ser asimilada al sector de la construcción.
Según el artículo 92.1 del Estatuto de los Trabajadores, se faculta a las partes legitimadas para adherirse, de común acuerdo, a la totalidad de un convenio colectivo.
Habría que saber el motivo que ha impulsado a la empresa a hacer esta aplicación, si su actividad se encuadra en ese convenio colectivo, no es necesario hacer ningún trámite formal.
Si se trata de actividad distinta y no encuadrada dentro del ámbito funcional, debería haberse reunido con los representantes de los trabajadores y formalizar esa adhesión al nuevo convenio colectivo, con comunicación a la Autoridad Laboral competente.
Si ese nuevo convenio contiene mejores condiciones, lógicamente el paso del tiempo conseguirá consolidar esas mejoras económicas y sociales.
Debemos saber a que se dedica la empresa matriz.

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