Reducción jornada maternidad
Trabajo en una empresa privada de ayuda a domicilio con un contrato de obra y servicio, tengo asignados 2 clientes uno 4 horas y otro 2 horas y 30 min. He estado de baja por maternidad a continuación cogí las vacaciones y ahora estoy con las horas de lactancia que las cogí todas juntas, el caso es que me incorporo el día 9 diciembre y me he pedido la reducción de jornada a 4 h. Y 30 min. Por medio de un burofax y la empresa dice que no porque mi jornada ahora es de 2 h. Y 30min. Ya que el cliente de las 4 horas prefiere que yo no vaya, el caso es que llega el día y no se donde tengo que ir a trabajar ni cuantas horas
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Respuesta de ecomar
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ecomar, Diplomado en Relaciones Laborales
Hay datos que desconozco para darte un asesoramiento correcto:
- ¿Cuál es el objeto del contrato?
- ¿Qué cláusulas adicionales tiene el contrato de trabajo?
- ¿Cómo te ha comunicado la empresa que tu jornada es actualmente de 2:30? ¿Hay constancia de esa comunicación?
- ¿El cliente de 4 horas ha decidido que no vaya nadie o que no vayas tú?
Probablemente, el contrato esté hecho en fraude de ley. Podrían haber vinculado el servicio a un sólo cliente, pero no a dos. Como comentado, para darte una respuesta segura en este sentido, tendría que conocer el objeto del contrato y sus cláusulas adicionales.
En cualquier caso, la empresa no puede reducirte la jornada fácilmente, ya que ambas partes habéis acordado que prestarás servicios durante 6:30 horas. La jornada sólo puede modificarse por mutuo acuerdo, firmando las 2 partes una modificación del contrato de trabajo. Para hacerlo unilateralmente, la empresa debe seguir el procedimiento detallado en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores (modificación de las condiciones sustanciales del contrato de trabajo).
Por otra parte, la empresa no ha alegado que haya dejado de prestar servicios al cliente de 4 horas (lo que quizás pusiera fin a tu contrato, a falta de estudiar objeto y cláusulas adicionales), sino, al parecer, ese cliente ha pedido que le atienda otra trabajadora. Hubiera bastado intercambiar los clientes de otro trabajador y tú (si fuera necesario, cambiando el objeto del contrato).
Por último, tu deber es cumplir la orden del empresario (dentro del ejercicio de sus funciones) respecto al lugar y hora de incorporación (si es necesario, le mandas un nuevo burofax requiriendo esa información). Posteriormente, puedes demandarle si no estás de acuerdo con lo ordenado por el empresario.
Te pongo un interesante enlace de un colega de todoexpertos sobre tus derechos en la reducción de jornada: http://laboro-spain.blogspot.com/2009/09/reduccion-voluntaria-de-jornada-por.html#modelo
Quedo a tu disposición para cualquier aclaración adicional. Si no tienes más dudas, ruego finalices y valores mi respuesta.
- ¿Cuál es el objeto del contrato?
- ¿Qué cláusulas adicionales tiene el contrato de trabajo?
- ¿Cómo te ha comunicado la empresa que tu jornada es actualmente de 2:30? ¿Hay constancia de esa comunicación?
- ¿El cliente de 4 horas ha decidido que no vaya nadie o que no vayas tú?
Probablemente, el contrato esté hecho en fraude de ley. Podrían haber vinculado el servicio a un sólo cliente, pero no a dos. Como comentado, para darte una respuesta segura en este sentido, tendría que conocer el objeto del contrato y sus cláusulas adicionales.
En cualquier caso, la empresa no puede reducirte la jornada fácilmente, ya que ambas partes habéis acordado que prestarás servicios durante 6:30 horas. La jornada sólo puede modificarse por mutuo acuerdo, firmando las 2 partes una modificación del contrato de trabajo. Para hacerlo unilateralmente, la empresa debe seguir el procedimiento detallado en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores (modificación de las condiciones sustanciales del contrato de trabajo).
Por otra parte, la empresa no ha alegado que haya dejado de prestar servicios al cliente de 4 horas (lo que quizás pusiera fin a tu contrato, a falta de estudiar objeto y cláusulas adicionales), sino, al parecer, ese cliente ha pedido que le atienda otra trabajadora. Hubiera bastado intercambiar los clientes de otro trabajador y tú (si fuera necesario, cambiando el objeto del contrato).
Por último, tu deber es cumplir la orden del empresario (dentro del ejercicio de sus funciones) respecto al lugar y hora de incorporación (si es necesario, le mandas un nuevo burofax requiriendo esa información). Posteriormente, puedes demandarle si no estás de acuerdo con lo ordenado por el empresario.
Te pongo un interesante enlace de un colega de todoexpertos sobre tus derechos en la reducción de jornada: http://laboro-spain.blogspot.com/2009/09/reduccion-voluntaria-de-jornada-por.html#modelo
Quedo a tu disposición para cualquier aclaración adicional. Si no tienes más dudas, ruego finalices y valores mi respuesta.
Hola,
La empresa me lo ha comunicado por teléfono y hoy me handado para firmar una modificación de mi contrato (que no he firmado) y el cliente ha decidido que no vaya yo y que vaya mi compañera. ¿Si yo me niego a firmar porque no estoy de acuerdo podre cobrar el paro?
La empresa me lo ha comunicado por teléfono y hoy me handado para firmar una modificación de mi contrato (que no he firmado) y el cliente ha decidido que no vaya yo y que vaya mi compañera. ¿Si yo me niego a firmar porque no estoy de acuerdo podre cobrar el paro?
Si te niegas a firmar (me imagino que es un acuerdo para reducir tu jornada de 6:30 a 2:30 horas), mantienes tu actual jornada.
No debes firmar nada con lo que no estés conforme. La única excepción es firmar el recibí de un documento.
Es muy importante que cualquier reducción de jornada que firmes haga alusión a que es por cuidado de hijos. De esta forma, mantendrás ciertos derechos: volver a tu jornada habitual cuando ya no necesites la reducida, despido nulo en caso de que haya indicios de que te despiden por haber pedido la reducción de jornada, indemnización calculada de acuerdo a tu jornada habitual, prestación de desempleo según tu jornada habitual...
Respecto a cobrar el paro, tienes que causar baja no voluntaria en la empresa. De momento, no hay motivo para ir al paro, no olvides que en tu situación estás especialmente protegida.
No debes firmar nada con lo que no estés conforme. La única excepción es firmar el recibí de un documento.
Es muy importante que cualquier reducción de jornada que firmes haga alusión a que es por cuidado de hijos. De esta forma, mantendrás ciertos derechos: volver a tu jornada habitual cuando ya no necesites la reducida, despido nulo en caso de que haya indicios de que te despiden por haber pedido la reducción de jornada, indemnización calculada de acuerdo a tu jornada habitual, prestación de desempleo según tu jornada habitual...
Respecto a cobrar el paro, tienes que causar baja no voluntaria en la empresa. De momento, no hay motivo para ir al paro, no olvides que en tu situación estás especialmente protegida.
Gracias por tu ayuda,
El caso es que me tengo que incorporar el día 9 de diciembre y no me dicen donde tengo que ir ya que en la casa de mi primer usuario hay otra compañera, ¿dónde tendría que presentarme? Y seria con el horario que me he pedido de 10 a 14:¿30?
El caso es que me tengo que incorporar el día 9 de diciembre y no me dicen donde tengo que ir ya que en la casa de mi primer usuario hay otra compañera, ¿dónde tendría que presentarme? Y seria con el horario que me he pedido de 10 a 14:¿30?
Tengo otra pregunta y perdona por ser tan cansina
Mi contrato es de lunes a domingos 158 horas y 35 min. al mes
¿Puedo reducirme la jornada de lunes a viernes 2 horas y medias al día?
Mi contrato es de lunes a domingos 158 horas y 35 min. al mes
¿Puedo reducirme la jornada de lunes a viernes 2 horas y medias al día?
La reducción de jornada de 2 horas y media al día de lunes a viernes es inferior al 50% de la jornada que venías haciendo, por lo que no entraría dentro de la reducción de jornada por cuidado de hijos. Sí podría hacerse de mutuo acuerdo, aunque te quedarías sin los derechos antes relacionados ( volver a tu jornada habitual cuando ya no necesites la reducida, despido nulo en caso de que haya indicios de que te despiden por haber pedido la reducción de jornada, indemnización calculada de acuerdo a tu jornada habitual, prestación de desempleo según tu jornada habitual...).
Después de pensar en tu situación, si antes del 9 de diciembre no te dicen fehacientemente lugar y hora de incorporación, yo me presentaría a las 10 horas (de acuerdo con el burofax que presentaste) en la sede de la empresa, a esperar las instrucciones del empresario.
No estarías de más que te afilies a un sindicato o cuentes con el asesoramiento de un graduado social o abogado laboralista.
Después de pensar en tu situación, si antes del 9 de diciembre no te dicen fehacientemente lugar y hora de incorporación, yo me presentaría a las 10 horas (de acuerdo con el burofax que presentaste) en la sede de la empresa, a esperar las instrucciones del empresario.
No estarías de más que te afilies a un sindicato o cuentes con el asesoramiento de un graduado social o abogado laboralista.
Esta tarde he ido a ver a un graduado social y me ha recomendado que si no me dicen nada pues que el día 9 vaya a la casa del usuario que me corresponde y como allí estará mi compañera pues que ponga un burofax comentando lo sucedido pero ¿quién es testigo de que yo he estado en esa casa? Mi compañera no querrá ponerse en contra de la empresa y la verdad es que no tendría testigos
Ir a casa del cliente que te corresponde es una opción. Lo que no debes hacer es quedarte en casa, porque te podrían sancionar por no ir al trabajo. En cualquier caso, la carga de la prueba corresponde a la empresa: es el empresario el que tiene que demostrar que no has acudido al trabajo.
No obstante, dado que la empresa te ha dicho que no vayas a ese cliente, yo me presentaría en la sede social de la empresa a la hora que tú indicaste en tu burofax, salvo que te indiquen otro lugar antes del día 9.
No obstante, dado que la empresa te ha dicho que no vayas a ese cliente, yo me presentaría en la sede social de la empresa a la hora que tú indicaste en tu burofax, salvo que te indiquen otro lugar antes del día 9.
Me acaba de llamar mi encargada diciéndome que empiezo el miércoles 9 pero que todavía no tengo ningún cliente de 10 a 12 que empiece a las 12 pero queme van a pagar acorde a la reducción de jornada que yo he pedido de 10 a 14:30 y que espere a que el miércoles ella me va a llamar para decirme cuando empiezo a las 10, ¿es esto legal?
Es fenomenal... salvo que sea una trampa. Sólo puedes demostrar que te ha llamado.
Lo ideal es que te lo dijera por escrito, aunque sea por correo electrónico.
Lo ideal es que te lo dijera por escrito, aunque sea por correo electrónico.
Ya no podre hablar con ella hasta el miércoles porque todos estos días son festivos, ¿pero a unas malas pues puedo decir que el miércoles me encontraba mal no? ¿Por qué puedo estar enferma hasta 3 días no? ¿Por si acaso ellos dijeran que no me presentado a las 10 verdad?
No digas que estabas enferma sin poderlo justificar. Además, vas a ir a trabajar a las 12.
Tú has presentado por burofax una solicitud y ellos no te han contestado ni dado instrucciones de forma fehaciente. Respecto a las instrucciones que te han dado verbalmente, es su palabra contra la tuya. En una eventual sanción es la parte empresarial la que tiene que demostrar que lo que alega es cierto.
Tú has presentado por burofax una solicitud y ellos no te han contestado ni dado instrucciones de forma fehaciente. Respecto a las instrucciones que te han dado verbalmente, es su palabra contra la tuya. En una eventual sanción es la parte empresarial la que tiene que demostrar que lo que alega es cierto.
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