Protección por desempleo y otros
De nuevo vivenoia, visto que estas puesta en el tema... Tengo dos preguntas más para ti ( ya lo siento por molestarte tanto, no es mi intención)
A) Como ya te dige tengo 55 años y más de 6 años trabajados y por lo tanto cotizados en la seguridad social... Por tanto tendría derecho a esa ayuda hasta los 65 años que me comentaste hace un rato... Pero mi duda es la siguiente. ¿Mi mujer no ingresa nada porque es ama de casa pero y si alquilara mi lonja por ejemplo por 700 Euros me pasaría de los 630 euros esos que me dijiste que pueden entrar en el hogar para optar a dicha ayuda... O solamente contarían salarios y por tanto mantendría la ayuda y los 700 euros por otro lado? ¿O si con el alquiler me pasara del tope de dinero a entrar en una casa... Si lo pusiese por 500 euros ya no tendría problemas no? Es que no se si solo tienen en cuenta salarios o todo como por ejemplo en mi caso el alquiler de mi lonja
Y por otro lado...
B) Tengo 13.000 Euros impagados (7) nominas a fecha de hoy, por lo que he escuchado...
Fogasa se hace cargo de un limite de 10.899 euros en salarios impagados(todas mis nominas impagadas están dentro de los últimos 365 días) y por otra parte fogasa también se hace cargo del 40% de la indemnización por despido a razón de 20 dias/año en mi caso ( ley concursal)
¿Pero mi duda es... El resto de 2.101 euros que queda en el aire se hace cargo la empresa de pagarla con sus bienes? (local, coches, material,..) ¿O se pierde? Porque por ejemplo ya se que se haría cargo del 60% restante de la indemnización pero de las ominas no estoy seguro...
¿Y también mi duda es... Seriamos los primeros en cobrar incluso antes que abogados de la concursal, seguridad social, hacienda, etc etc? Porque antes de los proveedores ya se que si pero antes que estos tres aquí nombrados no lo se...
Muchísimas gracias por prestarme atención de verdad, y si pudieses explicármelo como a un niño de 3 años te lo agradecería porque tod esto me parece chino...
A) Como ya te dige tengo 55 años y más de 6 años trabajados y por lo tanto cotizados en la seguridad social... Por tanto tendría derecho a esa ayuda hasta los 65 años que me comentaste hace un rato... Pero mi duda es la siguiente. ¿Mi mujer no ingresa nada porque es ama de casa pero y si alquilara mi lonja por ejemplo por 700 Euros me pasaría de los 630 euros esos que me dijiste que pueden entrar en el hogar para optar a dicha ayuda... O solamente contarían salarios y por tanto mantendría la ayuda y los 700 euros por otro lado? ¿O si con el alquiler me pasara del tope de dinero a entrar en una casa... Si lo pusiese por 500 euros ya no tendría problemas no? Es que no se si solo tienen en cuenta salarios o todo como por ejemplo en mi caso el alquiler de mi lonja
Y por otro lado...
B) Tengo 13.000 Euros impagados (7) nominas a fecha de hoy, por lo que he escuchado...
Fogasa se hace cargo de un limite de 10.899 euros en salarios impagados(todas mis nominas impagadas están dentro de los últimos 365 días) y por otra parte fogasa también se hace cargo del 40% de la indemnización por despido a razón de 20 dias/año en mi caso ( ley concursal)
¿Pero mi duda es... El resto de 2.101 euros que queda en el aire se hace cargo la empresa de pagarla con sus bienes? (local, coches, material,..) ¿O se pierde? Porque por ejemplo ya se que se haría cargo del 60% restante de la indemnización pero de las ominas no estoy seguro...
¿Y también mi duda es... Seriamos los primeros en cobrar incluso antes que abogados de la concursal, seguridad social, hacienda, etc etc? Porque antes de los proveedores ya se que si pero antes que estos tres aquí nombrados no lo se...
Muchísimas gracias por prestarme atención de verdad, y si pudieses explicármelo como a un niño de 3 años te lo agradecería porque tod esto me parece chino...
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