Consulta sobre contrato interinidad

Acabo de terminar un ciclo superior de administración y finanzas, cuya categoría de trabajo es Administrativa. La cuestión es he entrado en una empresa desde el 4 de julio por medio de una ETT como auxiliar administrativa para enseñarme a realizar el trabajo de una persona que esta embarazada y tiene los mismos estudios que yo y es administrativa. Mi consulta es ahora estoy como auxiliar con contrato eventual, ¿pero en enero cuando me hagan el contrato por interinidad me tendrían que subir a la categoría de administrativa verdad? Y el contrato me lo haría la empresa y no la ETT. Gracias
¿Si me quejo me pueden poner como administrativa ahora? Hago el mismo trabajo que la otra persona.

1 respuesta

Respuesta
1
No, el hecho de ser licenciado no implica que te pongan esa categoría si tu puesto es de administrativa por ejemplo...
El puesto de trabajo es una cosa, si en tu empresa tienen categoría de auxiliar administrativo... y esa es la que tienen definida para el tipo de experiencia que tú tengas y para el trabajo que vas a hacer, tu empresa puede poner perfectamente, aux. administrativo... muchos convenios establecen que después de 2 o 3 años como aux. pasas automáticamente a administrativo...
El contrato te lo harían quién decida la empresa que te lo haga, si es una sustitución tu empresa está en su derecho de al ser algo temporal, contratarte a través de la ett. No tienen obligación de hacerlo directamente.
Si te quejas no te van a contratar, 1º porque no tienes razón y 2º porque uno no se queja recién terminados los estudios y sin experiencia alguna, lo siento pero la ley contempla que no por el simple hecho de tener un titulo te tengan que pagar más... eso sí, normalmente el titulo te sirve porque la empresa lo pone como MÍNIMO para contratarte, y si no tuvieras ese ciclo superior pues ni siquiera te contrataría...
Puede que hagas el mismo trabajo que otra persona, que no te enfades, pero hasta que no lleves un tiempo, dudo que hagas lo mismo mismo porque como todo el mundo, te tienen que enseñar, tienes que hacerte con el puesto y probablemente tardes algo en hacerlo igual de rápido... Será administrativa porque lleva más tiempo, porque el convenio lo diga o porque a la empresa le ha parecido bien...
Eres una sustituta, acepta las condiciones o no las aceptes... pero no puedes decir que sí y quejarte, cuando además no tienes razón, lo siento pero los estudios es un MÍNIMO que hay que tener hoy en día como hablar inglés... ´no por ello tienen obligación la empresa de ponerte mayor categoría.
Un saludo y ten paciencia... trabaja y cuando hayas demostrado que eres buena, entonces ya ponte a pedir...
Vale, pero yo tenia entendido que cuando te hacen un contrato por interinidad te tienen que poner en ese momento la misma categoría que la persona sustituida y el sueldo, ya que durante ese tiempo voy a estar realizando sus misma funciones. No es así?
Técnicamente como contratas para sustituir a un trabajador que no está, se supone que lo contratas con cualificación y experiencia similar, de ahí lo de misma categoría mismo salario... pero La Jurisprudencia ha venido admitiendo tradicionalmente la posibilidad de asignar al trabajador interino un puesto de trabajo distinto del ocupado por el trabajador sustituido. Por ello no es necesario contratar con la misma categoría y sueldo. Ya que no es real la sustitución en la mayoría de casos, ya que es bastante poco probable que realices exactamente las mismas funciones, en igual tiempo y eficiencia que la persona a la que sustituyes...
La mayoría de veces alguien asume las funciones más complicadas dejando tareas más sencillas a la persona que sustituye...
Como ves, técnicamente sí tienes razón, por otro lado hasta los jueces reconocen que eso, no siempre debe aplicarse ya que no tiene sentido, y por tanto la práctica habitual es que te contratan con ese contrato pero no necesariamente para ese trabajo.
Como quejarte puedse quejarte... pero la empresa no siempre tiene obligación de hacerlo y de hecho pocas veces lo hace, solo tendrías opción de reclamar en un juzgado.
Respecto a cuando se habla de misma o similar categoría y salario, es el salario sin antigüedades, sin pluses si no vienen al caso etc... y sin complementos. Es decir, y en resumen que puede ser perfectamente el salario según convenio mondo y lirondo.. respecto a categoría... pone la misma o SIMILAR similar es auxiliar respecto a administrativo si por ejemplo tú no tienes expereincia... como ves es bastante abierto.
Y aunque en otros casos igual hay razón... creo que en el tuyo no lo siento. En todo caso, siempre se tiene el derecho a reclamar... pero entonces es muy posible que no te contrataran... (mi opinión siento decirte es que no es un abuso lo que van a hacer, pero es cuestión de puntos de vista... ), que unicamente puedes reclamar a un juez (a la empresa también pero pueden decirte que no), y que estos muchas veces están de acuerdo a que no es realmente una sustitución exacta.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas