¿Aumento de Categoría?

Trabajo en Cataluña, en una empresa regulada por el Convenio Colectivo de la XHUP y en mi contrato figuro como Auxiliar Administrativo. El 20 de octubre de 2008 me cambiaron de puesto para hacer una sustitución por unos 4-5 meses aprox. En un cargo superior al mío (investigación y docencia)
Como me lo vendieron como una oportunidad para mi formación y prácticamente no había tiempo de nada (sólo tuve una semana y media para aprender las funciones) acepté y por tanto no se habló de compensación económica ni de nada, ya que simplemente iba a hacer un "mantenimiento" para que no se quedara todo parado, cosa que luego no ha sido cierta, he trabajado tanto o más que la persona que estaba anteriormente en el puesto.
Esta persona tenía que incorporarse de nuevo el día 27 de marzo de 2009, pero ha pedido una excedencia hasta julio (avisando que puede alargarse hasta septiembre) por lo que mi jefa y recursos humanos me dicen que me darán una compensación económica por éstos meses (de abril a julio ya que no contaban con ello), a lo que les he contestado que prefiero que me suban la categoría ya que las funciones que realizaba antes tampoco eran de auxiliar, sino de oficial.
Me he leído el Estatuto de los Trabajadores y en el Art.39 pone: "Si como consecuencia de la movilidad funcional se realizasen funciones superiores a las del grupo pro¬fesional o a las de categorías equivalentes por un periodo superior a seis meses durante un año o a ocho durante dos años, el trabajador podrá reclamar el ascenso" Pero no sé si hay algo que se me escapa y quisiera poder rebatirles con argumentos sólidos ¿Qué es lo que legalmente deberían hacer conmigo, subirme la categoría o con una compensación económica lo solucionarían?

2 respuestas

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Pues no hay nada que se te haya escapado. Ojalá todos los empleados se leyeran el estatuto como has hecho tú. De compensación nada de nada. Tendrían que pagarte el salario correspondiente a esa categoría superior. Ni un euro menos, y eso desde el primer día que empezaste con esa sustitución. Aparte, cuando lleves 6 meses consolidas la categoría. Eso no quiere decir que te tengan que mantener el puesto (te pueden devolver al tuyo), pero sí el salario. Por supuesto la carga de la prueba de haber hecho esas funciones la tienes tú.
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Estimada amiga debes enviar un burofax intimado a tu empresa a que enel término de 5 días aclare tu verdadera situación de revista (así se llama) consignando tu categoría y jornada laboral. Bajo apercibimiento de iniciarles acciones laborales por considerarte injuriada y empleada sin registracionlaboral o en negro.
Es tu decisión, es la única solución que puedo darte, el tema es que los ánimos de tus patrones no serán los mismos igualmente el derecho te asiste y no pueden despdirte así como así. Te están teniendo en negro y explotando tu buena fe laboral.-
No debo haberme expresado claramente ya que no estoy trabajando en negro, sino que, me tienen en un puesto de categoría superior al mío.
Yo he pedido la subida de categoría y ellos dicen que me dan una compensación económica, la pregunta era simplemente que es lo que realmente me pertenece, si el aumento de categoría o la compensación económica.
Te corresponde unaumento de categoría, pero también debo decirte que te tienen de esta menera por que estasparcialmente en negro, ya que no te pagan la parte proporcional que te corresponde a tu real categoría. Igualmente intimalos como te dije a que aclaren tu categoría laboral del mismo modo como te conteste. No te expresaste mal, todo lo contrario.

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