¿Aumento de Categoría?
Trabajo en Cataluña, en una empresa regulada por el Convenio Colectivo de la XHUP y en mi contrato figuro como Auxiliar Administrativo. El 20 de octubre de 2008 me cambiaron de puesto para hacer una sustitución por unos 4-5 meses aprox. En un cargo superior al mío (investigación y docencia)
Como me lo vendieron como una oportunidad para mi formación y prácticamente no había tiempo de nada (sólo tuve una semana y media para aprender las funciones) acepté y por tanto no se habló de compensación económica ni de nada, ya que simplemente iba a hacer un "mantenimiento" para que no se quedara todo parado, cosa que luego no ha sido cierta, he trabajado tanto o más que la persona que estaba anteriormente en el puesto.
Esta persona tenía que incorporarse de nuevo el día 27 de marzo de 2009, pero ha pedido una excedencia hasta julio (avisando que puede alargarse hasta septiembre) por lo que mi jefa y recursos humanos me dicen que me darán una compensación económica por éstos meses (de abril a julio ya que no contaban con ello), a lo que les he contestado que prefiero que me suban la categoría ya que las funciones que realizaba antes tampoco eran de auxiliar, sino de oficial.
Me he leído el Estatuto de los Trabajadores y en el Art.39 pone: "Si como consecuencia de la movilidad funcional se realizasen funciones superiores a las del grupo pro¬fesional o a las de categorías equivalentes por un periodo superior a seis meses durante un año o a ocho durante dos años, el trabajador podrá reclamar el ascenso" Pero no sé si hay algo que se me escapa y quisiera poder rebatirles con argumentos sólidos ¿Qué es lo que legalmente deberían hacer conmigo, subirme la categoría o con una compensación económica lo solucionarían?
Como me lo vendieron como una oportunidad para mi formación y prácticamente no había tiempo de nada (sólo tuve una semana y media para aprender las funciones) acepté y por tanto no se habló de compensación económica ni de nada, ya que simplemente iba a hacer un "mantenimiento" para que no se quedara todo parado, cosa que luego no ha sido cierta, he trabajado tanto o más que la persona que estaba anteriormente en el puesto.
Esta persona tenía que incorporarse de nuevo el día 27 de marzo de 2009, pero ha pedido una excedencia hasta julio (avisando que puede alargarse hasta septiembre) por lo que mi jefa y recursos humanos me dicen que me darán una compensación económica por éstos meses (de abril a julio ya que no contaban con ello), a lo que les he contestado que prefiero que me suban la categoría ya que las funciones que realizaba antes tampoco eran de auxiliar, sino de oficial.
Me he leído el Estatuto de los Trabajadores y en el Art.39 pone: "Si como consecuencia de la movilidad funcional se realizasen funciones superiores a las del grupo pro¬fesional o a las de categorías equivalentes por un periodo superior a seis meses durante un año o a ocho durante dos años, el trabajador podrá reclamar el ascenso" Pero no sé si hay algo que se me escapa y quisiera poder rebatirles con argumentos sólidos ¿Qué es lo que legalmente deberían hacer conmigo, subirme la categoría o con una compensación económica lo solucionarían?
2 respuestas
Respuesta de joseaf2
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Respuesta de humberto1981
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