Calculo prorrata pagas extras para trabajador dado de alta a principios de Noviembre?

He contratado un trabajador este mes de Noviembre y me estoy encargando yo de todas las gestiones. El caso es que al hacer la nómina me encuentro con una duda. Es hostelería, tiene 3 pagas extras por convenio (julio, octubre, diciembre), que hemos acordado prorratearlas mensualmente. Claro, yo había hecho el cálculo de sumar las 3 y dividirlas entre 12, pero me surge la duda de si al ser solo 2 meses durante el 2012 los que va a trabajar, esa cantidad tendría que hacerla proporcional a su tiempo trabajado, es decir, multiplicarla por 2 y dividirla entre 12.

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No, el cálculo inicial que haces es el correcto, sólo podrías sumar 2 (julio y diciembre) si la paga de octubre se devengase después de estar un año en la empresa y supongo que no es el caso.

Si el devengo de las pagas es anual ya no hay duda (3). Si el devengo es semestral (julio y diciembre) el importe a sumar será el doble con lo que el resultado es idéntico, me explico con un ejemplo;

P.E. Julio devengo 01/07/2011 al 30/06/2012 de 1000€.

P.E. Diciembre devengo 01/12/2011 a 30/11/2012 de 1000€.

P.E. Octubre devengo 01/10/2011 a 30/09/2012 1000€

La prorrata en este caso = (1000+1000+1000)/12 = 250€.

_________

Cambiamos a devengo semestral;

P.E. Julio devengo 01/01/2012 al 30/06/2012 de 1000€.

P.E. Diciembre devengo 01/07/2012 a 31/12/2012 de 1000€.

P.E. Octubre devengo 01/10/2011 a 30/09/2012 1000€

En este caso la prorrata es PE Dici 1000/6 mas PE Oct 1000/12 = 166,66 + 83,33 = 250€.

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