Del día 1º al 3º de la baja no paga nadie (estos son conocidos como “días de purga”).
Del día 4º al 15º paga la empresa un 60% de la base reguladora, que es la base de cotización del mes anterior a la baja.
Del día 16º al 20º paga la Seguridad Social un 60% de la base reguladora.
Del día 21º en adelante paga la Seguridad Social un 75% de la base reguladora,
Del día 16º en adelante sin embargo no nos paga la Seguridad Social directamente, sino que lo hace la Empresa mediante un pago delegado, es decir, nos avanza el dinero, pero luego la Empresa se lo descuenta de los Seguros Sociales del mes correspondiente.
Porque la seg. Social que corresponde a ese salario sí lo paga la empresa... el INSS se hace cargo de salarios... no de cotizaciones... y si por convenio tienes que complementar al 100% de salario pues tendrás que calcular en cada nómina lo que le falta hasta el 100% de su salario mensual y poner un complemento IT.