El comienzo hay que comunicarlo SIEMPRE, la legislación ahora solo aclara que el plazo tiene que ser de 15 días... el final de la excedencia también... sueles decir por cuánto tiempo la pillas y luego puedes renovarla!
Siempre ha habido que avisar de cuándo empiezas una excedencia y cuánto tiempo... pero tienes derecho a renovarla, durante los dos primeros años tienes TU PUESTO de trabajo asegurado... luego tienes UNO... pero la empresa necesita planificarse.. .siempre has tenido que decir qué te coges y por cuánto... al menos inicialmente.
Lo que es diferente, es avisar de la reducción de jornada por cuidado de hijos.. hasta ahora tú la pedías... y punto... y luego avisabas a la empresa cuándo la acababas...
La lactancia... es un permiso que la empresa (según ley general) puede conceder o NO, luego hay convenios que establecen cuánto tiempo y cómo... si tienes sí o sí derecho a ello por convenio, tienes que avisar que vas a acumular... si quieres coger por ejemplo vacaciones y tu convenio no marca 15 días por lactancia... la empresa tiene que contar desde tu incorporación hasta los 9 meses del bebe cuántas medias horas (o en algunos casos, cuantas horas diarias) en días laborables hay hasta dichos 9 meses del niño... Pero si quieres disfrutar vacaciones detrás de la baja maternal, 1º son las vacaciones (ya que no devengas media hora de lactancia) y cuando acaban a partir de ahí la empresa cuenta... divide entre jornada diaria y te salen 8, 9 o 10 días laborables de lactancia...
POR ESO, siempre has tenido que avisar que piensas coger vacaciones, que quieres acumular lactancia... y la empresa te hace los cálculos o confirmas las fechas en que cada permiso termina! No es algo que puedas hacer tú como quieras... tienes derecho a solicitarlo o tenerlo ... pero siempre la empresa tiene que estar avisada para saber cuándo vas a estar y cuando no...
SOLO es diferente el tema con avisar el fin de la jornada reducida por cuidado de hijos...