Trabajar como autónomo para una empresa

Me pongo en contacto con ustedes porque se me plantea una duda. Yo siempre he trabajado como asalariado por cuenta ajena. Ahora se me propone tener una participación en una S.L. Y trabajar como autónomo para la misma. Ante esta situación se me plantean una serie de dudas. No se si podrán resolvermelas.
- Por ejemplo, ¿si yo en la empresa actual cobro 30.000? ¿Cuánto tendría que cobrar como autónomo para la otra empresa para tener los mismo ingresos?. Sé que perdería la prestación por desempleto, por lo que solicitaré algo más.
- Como asalariado se que la empresa paga por mi el 27-28%(de mi salario Bruto) de Seguridad Social y luego yo pago una parte de S.S. Más las retenciones por IRPF, más unas contingencias por formación. ¿Todo ello hace que al final los ingreso netos sean de unos 22.500?.
- ¿Cuáles serían los costes como autónomo a parte del a cuota mínima de 210? ¿Aproximadamente? Como autónomo, ¿cuál sería el IRPF a pagar en la declaración del a renta para los 30.000?.
- ¿Tendría qué emitir facturas como autónomo contra la nueva empresa? ¿Cómo la tendría que hacer en tal caso?. ¿O puedo hacer que la empresa me pague un nómina? No tengo ni idea de que es lo más lo interesante o lo que me conviene.
- ¿Cuál sería mi responsabilidad civil?. O esa responsabilidad la cubre la empresa con el límite de su capital.
Respuesta
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<%=Texto%>el darse de alta como socio de una SL, y tener mas de un tercio del capital, le obliga a darse de alta como aytónomo, y si solo es un 25 % pero realiza funciones de gerencia o administración tambien.
El darse de alta como autónomo NO SIGNIFICA QUE PUEDA EMITIR FACTURAS PARA ESO HAY QUE ESTAR DADO DE ALTA EN IAE, EN HACIENDA; ESTAMOS HABLANDO SÓLO DE COTIZACIÓN A LA SEG. SOCIAL.
Las nuevas disposiciones establecen que si eres menor de 30 años tendrás una bonificación en el recibo de autónomos del 50 %.
La empresa te pagará una Nómina, y los ingresos tributarán IGUAL QUE CUALQUIER EMPLEADO CON ESOS INGRESOS: ERES UN EMPLEADO A TODOS LOS EFECTOS.
En una sociedad limitada la responsabilidad se limita l capital social, pero AL ADMINISTRADOR se le pueden derivar responsabilidades subsidiarias por parte de Hacienda, Seg. Social, e incluso de los tribunales si se demuestra que ha actuado fraudulentamente ( ocultando IVA, Ingresos, etc), ten en cuenta que su firma es la que vale y de alguna manera certifica los actos de la sociedad.
Si tienes alguna duda, no cierres la pregunta y la haces. En caso de darte satisfecho con la respuesta la puntúas.
En primer lugar muchas gracias por la respuesta Fulma.
Por otro lado se me plantea otra cuestión:
- La empresa me paga una nómina, ¿y ella paga también el 26-28% de Seguridad Social que paga por un empleado normal?. Implica eso que si la empresa va mal, ¿puedo cobrar luego el paro aunque sea autónomo?
- Entiendo entonces, si es así, que a todos los efectos sería como un trabajador por cuenta ajena, pero que tengo que pagar las cuotas de autónomo (¿210? Aproximadamente he leído sin contar el 50% de dto, ya que tengo 29 años) por tener una participación en la sociedad (me proponen el 20%) y por tener responsabilidades de gerencia.
- Como autónomo podría hacer un renting de un coche por ejemplo con el 100% correspondiente de deducción. ¿Eso lo haría sobre la declaración de la renta?
Muchas gracias y perdona las molestias, pero es que estoy un poco perdido y me gustaría tener las cosas claras.
Un abrazo,
Javi
<%=Texto%>tienes que tener una cosa muy clara y no la tienes TU NO ERES EMPRESARIO AUTONOMO, NO ESTAS DADO DE ALTA COMO EMPRESARIO EN HACIENDA.
Una vez que queda claro que tu no eres empresario (NO TIENES IAE NI ESTAS DADO DE ALTA EN HACIENDA, NO EJERCES UNA ACTIVIDAD ECONÓMICA POR TU CUENTA), pasamos a las preguntas:
Tu estarás dado de alta A EFECTOS DE COTIZACIÓN, en el régimen de autónomos (RETA), y lo paga la empresa.
Mientras Estés dado de alta en reta no podrás tener paro.
Si puedes hacer un renting pero NO TE DEDUCES NADA, y con lo caro que es no te interesa, otra cosa es que la empresa lo compre y llegues a un acuerdo para que el 30 % que se ahorra en impuestos y el iva que se deduce te lo paguen a ti, con lo que el coche si te saldría más barato, no sé si querrán.

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