Correos

Hola de nuevo, necesitaría saber que hago con las facturas de correos, es decir, si puedo deducir el IVA y en que conceptos, sellos... Pues como no viene nunca especificado no se si realmente se puede o no. También quisiera saber que de cuales facturas o ticket puedo deducir IVA, es decir que requisitos mínimos tienen que tener para ello. Bueno espero haberme explicado bien y gracias de antemano. Alba

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Los sellos que utilizas para enviar cartas NO SOPORTAN IVA:
Sellos de correos: Exento (si es moneda de pago) y 7% (si son usados y para colección). Puedes ver la Ley del IVA al respecto.
En general, el IVA que las empresas se pueden deducir es a través de una factura (física o electrónica) que cumple ciertas condiciones mínimas: debe ser un documento original con los campos de nº factura, fecha, datos fiscales del emisor (nombre, dirección, NIF), descripción clara del servicio o producto vendido, datos del cliente (nombre, dirección, NIF), base imponible, IVA y porcentaje aplicado, total a pagar. Además opcionalmente puedes añadir todo aquello que te ayude a clarificar la operación: fecha de vencimiento de pago, condiciones especiales, descuentos, etc.
El ticket sólo se acepta como documento acreditativo en sectores muy concretos (un bar, restaurante, en general negocios por que tributan por módulos).
Más información en la web de Hacienda: www.aeat.es y concretamente sobre IVA en http://www.aeat.es/normlegi/iva/home.html
Gracias por todo, me has ayudado mucho y no se como agradecértelo pues estoy empezando a trabajar y jo no sabes cuanto me valen tus consejos, así que como con conocimientos no puedo ya que veo que eres todo un artista en esta rama, solo me queda desearte de corazón todo lo mejor. Alba.

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