Alquiler local comercial

Muy buenas,
Aunque no es exactamente tu tema, espero que puedas ayudarme ante una duda:
Voy a alquilar un local comercial para iniciar la actividad como videoclub. El local es nuevo y carece de instalación eléctrica. Puesto que ésta es indispensable para iniciar cualquier tipo de actividad y, una vez realizada, quedará en el local aunque yo marche, ¿puedo exigir al propietario que se haga cargo de dicha instalación? ¿Puedo negociar una carencia en el alquiler hasta amortizarla, total o parcialmente? En ese caso ¿debo hacerlo constar en el contrato de alquiler?
Agradeciendo de antemano la respuesta, recibe un saludo.

1 respuesta

Respuesta
1
Tanto los locales como los pisos se deben entregar en condiciones de habitable, con luz, agua, etc.
Corresponde al propietario hacerse cargo de ello.
Una instalación eléctrica vale bastante dinero sobre todo si hay que hacer regatas para pasar los cables y de donde se tenga que tomar la corriente.
Pero es un poco raro que el local no tenga luz, el constructor está obligado a entregarlo con los servicios indispensables, yo que tú investigaría un poco, si más locales en el edificio pregunta a ver que pasa, o a algún vecino.
Tratos, puedes hacer tantos como queráis las partes, y según el tipo de contrato que hagas sí que debes incluirlo.
Tu mismo

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas