Tramitar alta en la seguridad social de empleado como psicólogo autónomo

Buenos días:
En la Eª me han mandado dar de alta a un trabajador como autónomo en la profesión de psicólogo. Es decir como profesional. ¿Debo de cumplimentar el modelo 036 e ir posteriormente a la Seg. Social a tramitar su alta?. Perdonarme pero es que estoy un poco perdido como podéis observar.
Respuesta
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En principio, si esa persona está ejerciendo por cuenta propia y de forma habitual una actividad para tu empresa, está obligado a darse de alta como autónomo en Hacienda y en la Seguridad Social.
Ahora bien, el estar dato de alta en ambos organismos implica una serie de obligaciones formales y materiales que debe cumplir en cuenta en materia de impuestos, gestiones, cuentas y libros, por lo que sería recomendable la asistencia de un gestor, de manera que no pierda tiempo y dinero por posbiles errores u omisiones susceptibles de sanción.
Hola Kormak:
Te aclaro un poco más mi consulta. Esas personas nunca han trabajado y lo van a hacer de manera exclusiva para la empresa. ¿Deben de practicar retenciones por sus servicios y declarar el IVA?. ¿Y es posible que ese IVA lo declare la empresa en su nombre?.
Gracias.
En tal caso, lo que percibe ese autónomo sería el importe de su factura, más otra factura (con I.V.A. y retención) por el importe del I.V.A. que haya pagado la empresa.
Debes tener en cuenta que todo lo que perciba el autónomo debe estar justificado y sobre todo, en el tema del I.V.A., el responsable del pago siempre es aquel que emite la factura (es decir, el autónomo).

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