Sociedad civil y dudas

Soy parte al 50% de una sociedad civil, me gustaría
ampliar el negocio pero mi socia no quiere, ¿podría yo ampliarlo y
ocuparme de esta parte nueva (con el consentimiento de mi socia) con el
mismo pago de autónomos? ¿Podría llevar una contabilidad a parte? ¿Qué me
resultaría más sencillo y económico?
A parte, para reducir gastos, quiero ocuparme yo de los impuestos, ¿me puede decir exactamente todos los modelos a presentar?
Hay alguna forma, de modificar la sociedad, ¿sin qué nadie salga de ella pero que mi socia no tenga que pagar autónomos?

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Tú puedes ampliar la sociedad, siempre con el consentimiento de tu socia, pero eso supone que haya que cambiar el "contrato de sociedad" que tenéis firmado, puesto que ahora tu vas a tener más participación en la sociedad que tu socia.
Ten en cuenta que los socios participan en los beneficios de forma proporcional al capital aportado, salvo pacto en contrario (art. 1681 y y 1689 a 1691 del cód. civil).
No puedes llevar una contabilidad aparte, así que no entiendo porqué no disolvéis la sociedad y continuas por tu cuenta, de esa manera sólo pagas tu autónomo. Ten en cuenta que la sociedad civil tributa por IRPF, es decir, hay que presentar el modelo 130 por cada socio, en relación a la participación en los beneficios de cada uno. Por lo que es más sencillo que liquides la sociedad, te das de alta como autónomo y tributas por IRPF.
Tanto si sois sociedad civil como autónoma, en el IRPF, Depende de la actividad que realices, estarás en módulos, por lo que tendrías que presentar el mod. 131, o en estimación directa, presentando el modelo 130.
En IVA pasa lo mismo, o estas en módulos de IVA (mod. 310, o en recargo de equivalencia (no presentas ningún modelo) o en el régimen general (mod. 303).
Hola, no podemos disolver la sociedad porque tenemos un préstamo y no lo podríamos liquidar, por este motivo estamos obligadas ha seguir juntas. Me puedes aclarar, si en el mismo local yo podría "tener" otro negocio, ¿o cómo me has dicho rectificar el % del contrato de sociedad?
Muchas gracias.
Ah sí por supuesto, sí puedes tener otra actividad a tu nombre en el mismo local, no hay ningún problema, solo que cuando te des de alta en esa actividad como autónoma en el mod. 036 de Hacienda tienes que poner que % del local utilizas. También habrá que cambiar el % de lo que utiliza la sociedad, en caso de que siga teniendo actividad, nunca la suma de los dos porcentajes puede ser superior al 100%.
Si dejas la sociedad sin actividad, que también puedes hacerlo aunque no la liquides (en este caso el % del local utilizado, lógicamente seria 0%) no podrás imputarte como gasto deducible los intereses del préstamo.
También puedes, siempre con el acuerdo de tu socia, rectificar el % de participación en la sociedad. Al ser una sociedad civil, no hace falta pasar por notaria ni registro mercantil, por lo que prácticamente no os va a suponer ningún perjuicio económico hacer esto, sólo molestias.

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