Dudas sobre deudas pendientes empresa sin actividad

Tengo una empresa sin actividad desde el año 2009 que tuvimos que cerrar debido a la crisis mi socio y yo, y ahora me encuentro con dos problemas que a continuación les detallo:
1) Hubo un proveedor que nos entrego una mercancía que no era la que se había solicitado y al percatarnos de esto, le solicitamos que la fuera a buscar y que nos trajera la correcta o que simplemente que se la llevase.
El proveedor nunca quiso venir por la mercancía y no quiso dar ninguna otra solución.
Al mismo no se le pago ya que no era lo que necesitábamos y así quedo el tema.
Cuando se dio el cierre de la empresa, la mercancía quedo en la nave por las prisas de salir de la misma y por no tener donde ponerla.
Hoy me entero que nos ha puesto una demanda el proveedor y me gustaría saber que opciones tenemos debido a que este proveedro no nos dio solución y ahora (como es lógico por su parte), nos ha solicitado el pago de la mercancía de manera judicial.
¿Comentar qué la sociedad esta consitituida como S.L. Con un capital social de 12,000? Y con una sociedad de firma mancomunada de mi socio y mía.
¿Entiendo qué la responsabilidad es hasta los 12,000? ¿Y la deuda que tenemos no es más de 4.000?, pero si podemos evitar pagar legalmente queremos evitarlo.
2) Cuando preparamos el cierre de la sociedad, mi socio y yo hablamos de pagar como es lógico al 50% los créditos y prestamos que teníamos con los bancos para dejar todo listo y liquidado.
Yo pague todo mi 50% y cerré los créditos que habíamos acordado, pero el no lo hizo por problemas de liquidez con su otra empresa.
El tema es que nos quedan dos prestamos que ya están impagados y en mano de asesoría jurídica de los bancos, ¿uno por 7,000? ¿Y otro por 15,000?, estos importes le corresponden a el y me indica que tiene toda la intención de pagarlos, pero el problema es que esos dos prestamos los firmamos como avalistas de la sociedad.
Ahora pregunto, si el no paga y el banco realiza el procedimiento legal necesario, hasta donde pueden llegar conmigo, me refiero, pueden ir sobre mi nomina o en su caso pondrían una anotación de embargo sobre mi piso (ya que mi piso tiene dos cargas hipotecarias para el pago de las deudas que yo ya he liquidado).
La duda es, porque si me embargaran mi nomina actual, automáticamente dejaría de pagar mis prestamos y como es lógico, me encontraría con los problemas de impago de mi piso y dos prestamos a mayores.

1 respuesta

Respuesta
1
Si era una S.L., tiene personalidad jurídica propia y responde ella de las deudas. El proveedor procede contra la Sociedad, pero si esta no puede pagar, a no ser que se demuestre negligencia vuestra como administradores (algo muy difícil de probar), no conseguirá nada, puesto que aunque hayas sentencias judiciciales que os condenen a pagar, quien debe pagar es la sociedad, no los socios o administradores.
Si además, la mercancía que os envió era errónea tenéis razón, pero tendría que estar documentado por escrito que le cursasteis la correspondiente reclamación.
El otro tema es más complicado. Cuando os dan el préstamo el banco se cura en salud y os hace firmar como avalistas solidarios, así que si tu socio no paga, el banco irá a por ti y tratará de embargar lo que tengas. UN muy buen abogado te podría conseguir que al haber ut liquidado tu 50%, quedases exonerado, pero esos abogados son muy caros. Precedentes los hay y más de un banco ha tenido que tragárselo, pero insisto, tienes que conseguir uno que realmente sepa del tema. Aquí en la sección de prestamos y bancos hay compañeros que te podrán asesorar mejor que yo sobre ese tema, pero ten en cuenta que hay que moverse rápido, porque los bancos irán a por ti si tu socio no paga y te dirán que luego procedas tu judicialmente contra él, con lo cual, si no tiene bienes, te quedarías con cobrar.
Muchísimas gracias por tu ayuda y sobre todo tu rapidez.
Aprovecho para hacer una consulta más sobre la primer pregunta ... ¿al ser una S.L. y el capital social de 12.000? No podrían ir a por mi hasta ese importe (¿6000? Cada socio). Negligencia ninguna, simplemente que la crisis nos comió y tuvimos que cerrar. Y sobre tener documentación ... estamos buscando los fax que se el enviaron al proveedor, espero poder encontrarlos.
Por ultimo y sobre la segunda pregunta, mi socio si tiene bienes y más que yo, simplemente mi preocupación es que el ahora mismo no puede pagar, pero tienen intención de hacerlo ... ¿pero quiero saber si el banco al ver que mi socio no paga ira a por mi y no se si primero hará una anotación de embargo sobre mi piso o directamente podría embargarme la nomina?
Nuevamente mil gracias y un saludo.
No pueden exigirte a ti 6000 euros. El capital se aporta a una S.L. y ésta lo invierte comprando muebles, locales, una furgoneta, etc, lo que se dice activos. Pueden exigir que presentes un balance de como está la empresa y vosotros hablar con el asesor y presentarlo, que como tendrá pérdidas, se habrá comido el capital y no tendrá patrimonio, con lo cual, los pocos bienes que os queden (algún ordenador, mesa, archivador...) es lo que presentarías para el embargo. Nada más.
Muchísimas gracias por tu ayuda ... me has dado una guía rápida muy buena y ahora me quedo un poco más tranquilo.
La rapidez ... impresionante.
De verdad, mil gracias por tu ayuda.
Un saludo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas