Anónimo
¿Afecta a mi marido una deuda de mi empresa?
Tengo 3 preguntas: yo formaba parte de una empresa en la que eramos 2 socios, mi madre y yo. Firmamos una póliza de 18.000 euros en el 2005 que no se pago y ahora tenemos una demanda de juicio ejecutivo por parte del banco. Quería saber primero si esto puede afectar a mi marido de alguna forma, ya que en la demanda pone que la demanda es contra nosotras y nuestros respectivos cónyuges, pero yo firme la póliza antes de casarme. También quiero saber, en el caso de que le demanden a el también y le intenten embargar, si investigaran cuanto gana, en que se gana la vida, etc y también quería saber si la deuda se reparte en 2 partes iguales, o si mi madre no tiene nada que le puedan embargar, irán de lleno a por mi que tengo 2 propiedades, aunque la deuda sea de las dos.
Gracias.
Gracias.
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Anónimo
Estimada (xxxxxx).
En principio, no es probable que actúen contra su cónyuge por cuanto no existía la sociedad ganancial en el momento en que suscribieron la responsabilidad de la póliza. No obstante, para evitar ese tipo de cuestiones sería muy conveniente que realizaran las correspondientes capitulaciones matrimoniales de separación de bienes por lo que pueda ocurrir.
Por otro lado, el reparto de la deuda dependerá de:
a) Las clausulas de la póliza (en primer lugar) por cuanto probablemente se indique en las mismas una responsabilidad solidaria indicando eso que pueden reclamar el 100% a cualquiera de las dos.
b) Ante la inexistencia de las clausulas dependerá de la forma constitutiva de la mercantil
No obstante, entiendo que en virtud de las clausulas de afianzamiento del préstamo con garantías personales de los administradores de la sociedad se han cubierto para poder reclamar matrimonialmente la deuda en tanto que fiadores solidarios de la póliza y que por ello el banco podrá reclamar el 100% + costas + intereses de demora a ambas.
Lo más juicioso sería llegar a un pacto con los servicios jurídicos antes de que se celebre el proceso judicial (les saldrá mucho más barato).
Respondiendo a su pregunta - al tratarse (con toda seguridad) de un afianzamiento solidario, si su madre no tiene posibilidades irán al 100% contra vd., y probablemente ya hayan investigado las propiedades que tiene a su nombre para un posible procedimiento de embargo futuro.
No lo dude. Trate de pactar.
Saludos
Aime Feiner
Feiner consulting
[email protected]
C/ Pedro Teixeira, 10 7º Oficina 10 - 28020 - Madrid
C/ Tarragona, 97 2º Oficina 2 - 08020 - El Prat de Llobregat (Barcelona).
Tf y Fax Contacto = 91 597 33 17 y Mvl - 686 86 11 00
En principio, no es probable que actúen contra su cónyuge por cuanto no existía la sociedad ganancial en el momento en que suscribieron la responsabilidad de la póliza. No obstante, para evitar ese tipo de cuestiones sería muy conveniente que realizaran las correspondientes capitulaciones matrimoniales de separación de bienes por lo que pueda ocurrir.
Por otro lado, el reparto de la deuda dependerá de:
a) Las clausulas de la póliza (en primer lugar) por cuanto probablemente se indique en las mismas una responsabilidad solidaria indicando eso que pueden reclamar el 100% a cualquiera de las dos.
b) Ante la inexistencia de las clausulas dependerá de la forma constitutiva de la mercantil
No obstante, entiendo que en virtud de las clausulas de afianzamiento del préstamo con garantías personales de los administradores de la sociedad se han cubierto para poder reclamar matrimonialmente la deuda en tanto que fiadores solidarios de la póliza y que por ello el banco podrá reclamar el 100% + costas + intereses de demora a ambas.
Lo más juicioso sería llegar a un pacto con los servicios jurídicos antes de que se celebre el proceso judicial (les saldrá mucho más barato).
Respondiendo a su pregunta - al tratarse (con toda seguridad) de un afianzamiento solidario, si su madre no tiene posibilidades irán al 100% contra vd., y probablemente ya hayan investigado las propiedades que tiene a su nombre para un posible procedimiento de embargo futuro.
No lo dude. Trate de pactar.
Saludos
Aime Feiner
Feiner consulting
[email protected]
C/ Pedro Teixeira, 10 7º Oficina 10 - 28020 - Madrid
C/ Tarragona, 97 2º Oficina 2 - 08020 - El Prat de Llobregat (Barcelona).
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Muchas gracias por su tiempo.en efecto, como me dice, ya han investigado sobre las fincas que tengo, lo pone detalladamente en la demanda.Lo curioso es que no veo como podrían embargarme ninguna de ellas.en una (que esta solo a mi nombre) quedan 64.000 euros por pagar y esta valorada en 50.000 (eso lo pone en la demanda) y la otra,(que esta a mi nombre y de mi marido) esta hipotecada al 100% y ademas rehipotecada, osea que nos queda por pagar más de 250.000 euros y no vale ni 150.000, es por eso mismo que espero que acepten mi propuesta de pagar como me sea posible, mensualmente porque en realidad no tengo que sea embargable.
Lo único que aun no se, es en el caso de que también fueses contra mi marido, si le investigarían a ver cuanto gana.Lo digo porque trabaja sin contrato y se preguntaran de que vivimos con 2 hipotecas... es algo que me da mucho miedo, podemos terminar teniendo problemas con la s.s., ¿o todo esto al banco le da igual?
Ahora me pregunto si el procedimiento de cambiar de gananciales a separación de bienes es muy costoso y cuanto pueden tardar los tramites.
Tengo un coche a mi nombre, pero no creo que este valorado en más de 4.000 euros y uno a nombre de mi madre que es aun peor, ¿puden tener interés en embargarnos esos coches?
y, es cierto que si pongo mis cuentas bancarias a nombre de mi hijo, ¿no me las pueden embargar?
Perdona, ya se que son muchas preguntas!
Gracias.
Lo único que aun no se, es en el caso de que también fueses contra mi marido, si le investigarían a ver cuanto gana.Lo digo porque trabaja sin contrato y se preguntaran de que vivimos con 2 hipotecas... es algo que me da mucho miedo, podemos terminar teniendo problemas con la s.s., ¿o todo esto al banco le da igual?
Ahora me pregunto si el procedimiento de cambiar de gananciales a separación de bienes es muy costoso y cuanto pueden tardar los tramites.
Tengo un coche a mi nombre, pero no creo que este valorado en más de 4.000 euros y uno a nombre de mi madre que es aun peor, ¿puden tener interés en embargarnos esos coches?
y, es cierto que si pongo mis cuentas bancarias a nombre de mi hijo, ¿no me las pueden embargar?
Perdona, ya se que son muchas preguntas!
Gracias.
Estimada (xxxxxx).
Si las fincas tienen cargas hipotecarias no pueden ser embargadas como bien sabrá. Simplemente los acreedores realizarán las anotaciones correspondientes en el registro de la propiedad como segundos o terceros acreedores (si estuviera una de las fincas re-hipotecadas con una segunda entidad bancaria) y no podrían actuar sobre los bienes hasta la total amortización de las hipotecas.
Entiendo que al banco le da igual. Piense que el banco no es sino un ente privado que no tiene más relación con las administraciones públicas. Con todos mis respetos al banco le importa un pimiento la procedencia del dinero, si es A, B o C es algo que les tiene sin cuidado. No obstante, si es cierto que en sus declaraciones el banco presenta informes fiscales de movimientos económicos que en los casos que existan embargos de las administraciones públicas si pueden levantar revuelo aunque entiendo que ante la inexistencia de vinculación conyugal en el momento en que se fraguó la sociedad y en el que se fraguaron las deudas (entiendo que en las pólizas no aparece su marido por ningún lado) se supone que la sociedad ganancial está ajena al problema.
La separación de bienes es un proceso rapidísimo que se suele realizar en un máximo de dos o tres días. Se realiza ante notario otorgándose las correspondientes capitulaciones matrimoniales que cuesta (si no existen bienes comunes que repartir) unos 90 eur aproximadamente. Posteriormente, si no hubiera impuestos que liquidar, sólo habrá que registrar las capitulaciones en el Registro Civil que corresponda al lugar donde contrajeron matrimonio y eso es todo.
Podrían llegar a embargar los coches ya que cuanto menos pagarían con ellos las costas judiciales hasta que puedan cobrárselas a vds., a futuro.
No, eso no es cierto. Si vd., pone sus cuentas personales a nombre de su hijo para evitar el embargo estará cometiendo un delito de alzamiento de bienes que puede suponer que además de la demanda civil se encuentre con una demanda penal que puede hacer que incluso acabe en la cárcel. No bromee con esos temas.
Si las fincas tienen cargas hipotecarias no pueden ser embargadas como bien sabrá. Simplemente los acreedores realizarán las anotaciones correspondientes en el registro de la propiedad como segundos o terceros acreedores (si estuviera una de las fincas re-hipotecadas con una segunda entidad bancaria) y no podrían actuar sobre los bienes hasta la total amortización de las hipotecas.
Entiendo que al banco le da igual. Piense que el banco no es sino un ente privado que no tiene más relación con las administraciones públicas. Con todos mis respetos al banco le importa un pimiento la procedencia del dinero, si es A, B o C es algo que les tiene sin cuidado. No obstante, si es cierto que en sus declaraciones el banco presenta informes fiscales de movimientos económicos que en los casos que existan embargos de las administraciones públicas si pueden levantar revuelo aunque entiendo que ante la inexistencia de vinculación conyugal en el momento en que se fraguó la sociedad y en el que se fraguaron las deudas (entiendo que en las pólizas no aparece su marido por ningún lado) se supone que la sociedad ganancial está ajena al problema.
La separación de bienes es un proceso rapidísimo que se suele realizar en un máximo de dos o tres días. Se realiza ante notario otorgándose las correspondientes capitulaciones matrimoniales que cuesta (si no existen bienes comunes que repartir) unos 90 eur aproximadamente. Posteriormente, si no hubiera impuestos que liquidar, sólo habrá que registrar las capitulaciones en el Registro Civil que corresponda al lugar donde contrajeron matrimonio y eso es todo.
Podrían llegar a embargar los coches ya que cuanto menos pagarían con ellos las costas judiciales hasta que puedan cobrárselas a vds., a futuro.
No, eso no es cierto. Si vd., pone sus cuentas personales a nombre de su hijo para evitar el embargo estará cometiendo un delito de alzamiento de bienes que puede suponer que además de la demanda civil se encuentre con una demanda penal que puede hacer que incluso acabe en la cárcel. No bromee con esos temas.
Muchas gracias por la información, ya que estaba a punto de cambiar las cuentas a nombre de mi hijo, y ahora que se que es delito, no lo voy a hacer, imagino que seria mucho mejor hacer separación de bienes y entonces poner tanto las cuentas como el coche a nombre de mi marido.Su nombre no aparece en la póliza para nada, y como dije, la firme 2 meses antes de casarme.
Ahora le voy a contar la historia, que es algo complicada, a ver que opina ud.
La póliza se firmo en el 2005, era para una empresa a nombre de mi madre y mio por lo que las 2 firmamos y mi padre de avalista. Pero en realidad mi madre y yo no pintábamos nada en la empresa, la teníamos a nuestro nombre porque así le interesaba a mi padre.El era el hacia y deshacía y esa póliza era para el, nosotras ni si quiera sabemos para que era el dinero ni en que lo gasto, pero confiábamos en que la pagaría ya que varias veces firmábamos pagares y documentos para el y nunca habíamos tenido problemas.El caso es que tanto ella como yo nos olvidamos del asunto, y mi padre se responsabilizo de pagar aquella póliza. 4 anos después, en mayo del 09, recibí un certificado de barclays a mi nombre, y fue entonces cuando descubrí lo que pasaba, porque fui directamente al barclays a preguntar de que iba esto, ya que yo ni me acordaba. Hable con la directora, que conoce a mi padre bien desde hace anos, me explico que era referente a la póliza y le dije que yo no sabia nada, que como es posible que nadie me llamase, me dijo que se habían enviado cartas y llamada a mi padre en numerosas ocasiones, yo le insistí en que debería haberme llamado a mi, ya que mi padre no me había dicho nada.Le dije que yo pagaría la deuda mensualmente, como pudiese pero que por favor no me embargasen, pero me dijo que era demasiado tarde. Ahora es cuando recibo la demanda, y he hablado con la representante legal de barclays, le he contado la historia tal y como se la he contado a ud, y le he vuelto a ofrecer mi dinero mensualmente, le he explicado que si me llevan a juicio, la deuda subera tanto que nunca podre pagarla, que no tengo nada de valor para que me embarguen, si lo tuviera, se lo daría, pero ni si quiera mis propiedades valen nada, si vamos a juicio todos salimos perdiendo, pero si aceptan mi propuesta de pagar, aunque me lleve 6 o 7 anos, recuperaran su dinero, y he hecho hincapié en que a mi nunca se me informo, así que por favor necesito que me den la oportunidad ya que a mi padre le dieron 4 anos antes de que le demandasen.
Hoy me dirán si han aceptado, pero la abogada cree que es difícil que acepten porque lo que yo ofrezco (300 euros al mes) es poco.No puedo ofrecer más, de hecho eso ya me va a suponer un gasto que apenas puedo afrontar, pero lo haré aunque tenga que trabajar día y noche, yo soy responsable y saldare mi deuda si me dejan.
¿Ud piensa que aceptaran? Y si no aceptan, ¿qué es lo peor que me puede pasar? Me imagino que un embargo en el registro de la propiedad, lo que significa que tendré que seguir pagando la hipoteca durante los siguientes 25 anos, sin poder venderla, ya que nadie va a pagar tanto por ella, y una vez pagada, me la embargaran, y ademas seré morosa, no puedo tenr nada a mi nobre,... pues prefiero pagar 300 al mes durante 7 anos, y poder vender la casa si me saliera un comprador en los próximos 2 o 3 anos, ademas tengo un inquilino que paga 300 al mes y es una gran ayuda, con eso puedo pagar al barclay y me han subido el sueldo 250 euros ayer mismo.Y no seria morosa, que es un gran peso que me quito de encima.
¿Qué opina de todo esto?
Muchas gracias.
Ahora le voy a contar la historia, que es algo complicada, a ver que opina ud.
La póliza se firmo en el 2005, era para una empresa a nombre de mi madre y mio por lo que las 2 firmamos y mi padre de avalista. Pero en realidad mi madre y yo no pintábamos nada en la empresa, la teníamos a nuestro nombre porque así le interesaba a mi padre.El era el hacia y deshacía y esa póliza era para el, nosotras ni si quiera sabemos para que era el dinero ni en que lo gasto, pero confiábamos en que la pagaría ya que varias veces firmábamos pagares y documentos para el y nunca habíamos tenido problemas.El caso es que tanto ella como yo nos olvidamos del asunto, y mi padre se responsabilizo de pagar aquella póliza. 4 anos después, en mayo del 09, recibí un certificado de barclays a mi nombre, y fue entonces cuando descubrí lo que pasaba, porque fui directamente al barclays a preguntar de que iba esto, ya que yo ni me acordaba. Hable con la directora, que conoce a mi padre bien desde hace anos, me explico que era referente a la póliza y le dije que yo no sabia nada, que como es posible que nadie me llamase, me dijo que se habían enviado cartas y llamada a mi padre en numerosas ocasiones, yo le insistí en que debería haberme llamado a mi, ya que mi padre no me había dicho nada.Le dije que yo pagaría la deuda mensualmente, como pudiese pero que por favor no me embargasen, pero me dijo que era demasiado tarde. Ahora es cuando recibo la demanda, y he hablado con la representante legal de barclays, le he contado la historia tal y como se la he contado a ud, y le he vuelto a ofrecer mi dinero mensualmente, le he explicado que si me llevan a juicio, la deuda subera tanto que nunca podre pagarla, que no tengo nada de valor para que me embarguen, si lo tuviera, se lo daría, pero ni si quiera mis propiedades valen nada, si vamos a juicio todos salimos perdiendo, pero si aceptan mi propuesta de pagar, aunque me lleve 6 o 7 anos, recuperaran su dinero, y he hecho hincapié en que a mi nunca se me informo, así que por favor necesito que me den la oportunidad ya que a mi padre le dieron 4 anos antes de que le demandasen.
Hoy me dirán si han aceptado, pero la abogada cree que es difícil que acepten porque lo que yo ofrezco (300 euros al mes) es poco.No puedo ofrecer más, de hecho eso ya me va a suponer un gasto que apenas puedo afrontar, pero lo haré aunque tenga que trabajar día y noche, yo soy responsable y saldare mi deuda si me dejan.
¿Ud piensa que aceptaran? Y si no aceptan, ¿qué es lo peor que me puede pasar? Me imagino que un embargo en el registro de la propiedad, lo que significa que tendré que seguir pagando la hipoteca durante los siguientes 25 anos, sin poder venderla, ya que nadie va a pagar tanto por ella, y una vez pagada, me la embargaran, y ademas seré morosa, no puedo tenr nada a mi nobre,... pues prefiero pagar 300 al mes durante 7 anos, y poder vender la casa si me saliera un comprador en los próximos 2 o 3 anos, ademas tengo un inquilino que paga 300 al mes y es una gran ayuda, con eso puedo pagar al barclay y me han subido el sueldo 250 euros ayer mismo.Y no seria morosa, que es un gran peso que me quito de encima.
¿Qué opina de todo esto?
Muchas gracias.
Estimada (xxxxxx).
La entiendo perfectamente pero el gran problema de esta sociedad es que no entiende de cuestiones humanas y va a la letra de la ley. Al constar vd., y su madre como administradoras han obrado negligentemente al no conocer las responsabilidades que conlleva ese puesto.
Así mismo, para poder conseguir tener una mínima posibilidad de escurrir el bulto supondría demandar directamente a su padre por haber realizado una gestión incorrecta de la sociedad sin haberlas informado correctamente tratando de hacer recaer toda la responsabilidad en él cosa que no creo que quieran realizar por mucho que su padre no haya actuado ni como un buen padre ni como un buen marido al generarles semejante problema.
Por otro lado, entiendo que deberían vds., buscar defensa jurídica y tratar de dilatar en lo posible el procedimiento ya que en estos casos debieran de haberles notificado a vds., como administradoras la cuestión del préstamo impagado (cosa que no han hecho) ya que según comenta vd., lo que han hecho es simplemente notificarles del problema cuando éste ha llegado a una vía judicial. Así mismo, es posible que se pueda sacar punta alegando que la directora de la sucursal conocía el estado de gestión de la empresa sabiendo así mismo que eran vds., meros testaferros de la sociedad siendo quién actuaba como administrador único de facto (espero que al menos con poderes como apoderado de la sociedad) y que por ello, se podría lanzar una contra-ofensiva tratando de derivar la responsabilidad sobre su padre y sobre la directora de la sucursal cosa que permitiría ganar tiempo y que posiblemente la entidad realizara en este caso un retranqueo en sus posiciones aviniéndose a negociar las cantidades a cobrar.
Así mismo, entiendo que debería vd., contar con su madre, con su padre y con posibles hermanos (si los hubiera) que les permitieran constituir una cantidad más significativa de dinero a pagar mensualmente. Por no hablar de explotar económicamente las propiedades de las que disponen y proceder al pago de la deuda de forma negociada.
Es un caso al que se podría dar la vuelta con un poco de inteligencia por parte del abogado ya que en este caso la cercanía con la directora que al parecer mantenía su padre es un elemento que habría que hacer valer contra el banco y contra el hecho de la solidaridad de los administradores en tanto que fiadores de la póliza del préstamo.
Un cordial saludo
Jaime Feiner
La entiendo perfectamente pero el gran problema de esta sociedad es que no entiende de cuestiones humanas y va a la letra de la ley. Al constar vd., y su madre como administradoras han obrado negligentemente al no conocer las responsabilidades que conlleva ese puesto.
Así mismo, para poder conseguir tener una mínima posibilidad de escurrir el bulto supondría demandar directamente a su padre por haber realizado una gestión incorrecta de la sociedad sin haberlas informado correctamente tratando de hacer recaer toda la responsabilidad en él cosa que no creo que quieran realizar por mucho que su padre no haya actuado ni como un buen padre ni como un buen marido al generarles semejante problema.
Por otro lado, entiendo que deberían vds., buscar defensa jurídica y tratar de dilatar en lo posible el procedimiento ya que en estos casos debieran de haberles notificado a vds., como administradoras la cuestión del préstamo impagado (cosa que no han hecho) ya que según comenta vd., lo que han hecho es simplemente notificarles del problema cuando éste ha llegado a una vía judicial. Así mismo, es posible que se pueda sacar punta alegando que la directora de la sucursal conocía el estado de gestión de la empresa sabiendo así mismo que eran vds., meros testaferros de la sociedad siendo quién actuaba como administrador único de facto (espero que al menos con poderes como apoderado de la sociedad) y que por ello, se podría lanzar una contra-ofensiva tratando de derivar la responsabilidad sobre su padre y sobre la directora de la sucursal cosa que permitiría ganar tiempo y que posiblemente la entidad realizara en este caso un retranqueo en sus posiciones aviniéndose a negociar las cantidades a cobrar.
Así mismo, entiendo que debería vd., contar con su madre, con su padre y con posibles hermanos (si los hubiera) que les permitieran constituir una cantidad más significativa de dinero a pagar mensualmente. Por no hablar de explotar económicamente las propiedades de las que disponen y proceder al pago de la deuda de forma negociada.
Es un caso al que se podría dar la vuelta con un poco de inteligencia por parte del abogado ya que en este caso la cercanía con la directora que al parecer mantenía su padre es un elemento que habría que hacer valer contra el banco y contra el hecho de la solidaridad de los administradores en tanto que fiadores de la póliza del préstamo.
Un cordial saludo
Jaime Feiner
Hola, una vez más, gracias por su tiempo.
He hablado con la representante legal de barclays, me dice que no aceptan mi propuesta de pagar 300 euros al mes (y no menciona para nada el hecho de que a mi nadie me llamo durante 4 anos!) Porque me llevaría más de 4 anos y me aconseja que vaya a mi banco (CAM) donde tengo hipotecadas mis 2 propiedades y les explique mi situación y les pida un personal de 15 o 20 mil euros (hoy me llamaran para darme la cantidad exacta), para pagar a barclays y entonces pagar yo mis mensualidades a la cam, y así pararíamos el juicio y yo no tendría embargos sobre el registro de la propiedad y todo eso... pero le digo que yo lo haría encantada, pero dudo mucho que con 2 hipotecas, 1 re-hipoteca y una nomina de 480 euros,(mi marido no declara) me vayan a dar nada. Ella me dice que a la cam les interesa ayudarme porque sino, tendré la carga sobre mi propiedad que no podre vender en los próximos 25 o 30 anos, y eso no les conviene.En fin, fui a la cam y les explique todo, fueron muy comprensivos pero como dije, con 920 euros que pago ya de hipotecas y encima estoy en el RAI! Ni ellos ni nadie me darán nada, lo que si me dijo la directora de la cam, es que le parece ridículo lo que barclays esta haciendo, me dijo que la cam siempre acepta una voluntad de pago que ir a juicio, y en este caso más todavía, ya que si no aceptan, tendrán que esperar los 25 o 30 anos que tengo de hipoteca para entonces embargarmela, cuando podrían darme la oportunidad de pagar los 300, que es una buena cantidad, y esperar unos 5 anos, y sobretodo porque a mi nunca me dieron la oportunidad, por esa más que nada, me la merezco.L a directora de cam me aconseja que busque un abogado que me represente porque lo más seguro es que el consiga que acepten mi propuesta, sobretodo si hace hincapié en que no me avisaron durante 4 anos, e incluso cuando me entere de todo hace ano y medio y pedí que me dejasen pagar, no me dejaron.Yo realmente no entiendo como pueden preferir un juicio, sabiendo que no hay nada para cobrarse, solo esperar 25 0 30 anos a que pague mi propiedad, cuando podrían estar un direno cada mes y la deuda pagada en tan solo unos 5 anos... personalmente creo que están haciendo lo posible para sacarme todo el dinero como sea, porque yo no tengo abogado y contra mi, ellos son un lobo y yo solo una ovejita.A todos los que le cuento la historia, ¿me dicen que no entienden como no aceptan.Ud que piensa?
Por cierto que no haría nada contra mi padre aunque se lo merezca, al fin y al cabo aunque entre nosotros sabemos que hobro mal y me ha metido en este lio, yo era mayor de edad y nadie me obligo a firmar, por lo que soy responsable.El gran problema que yo tengo aquí es que tardaron 4 anos en mandarme un certificado con el que yo me entere de todo y si me hubiesen lamado igual que a mi padre, desde el principio cuando se ddebian 1 cuota o 2 o 3... las cosas serian muy diferentes.Y eso no es justo.
He hablado con la representante legal de barclays, me dice que no aceptan mi propuesta de pagar 300 euros al mes (y no menciona para nada el hecho de que a mi nadie me llamo durante 4 anos!) Porque me llevaría más de 4 anos y me aconseja que vaya a mi banco (CAM) donde tengo hipotecadas mis 2 propiedades y les explique mi situación y les pida un personal de 15 o 20 mil euros (hoy me llamaran para darme la cantidad exacta), para pagar a barclays y entonces pagar yo mis mensualidades a la cam, y así pararíamos el juicio y yo no tendría embargos sobre el registro de la propiedad y todo eso... pero le digo que yo lo haría encantada, pero dudo mucho que con 2 hipotecas, 1 re-hipoteca y una nomina de 480 euros,(mi marido no declara) me vayan a dar nada. Ella me dice que a la cam les interesa ayudarme porque sino, tendré la carga sobre mi propiedad que no podre vender en los próximos 25 o 30 anos, y eso no les conviene.En fin, fui a la cam y les explique todo, fueron muy comprensivos pero como dije, con 920 euros que pago ya de hipotecas y encima estoy en el RAI! Ni ellos ni nadie me darán nada, lo que si me dijo la directora de la cam, es que le parece ridículo lo que barclays esta haciendo, me dijo que la cam siempre acepta una voluntad de pago que ir a juicio, y en este caso más todavía, ya que si no aceptan, tendrán que esperar los 25 o 30 anos que tengo de hipoteca para entonces embargarmela, cuando podrían darme la oportunidad de pagar los 300, que es una buena cantidad, y esperar unos 5 anos, y sobretodo porque a mi nunca me dieron la oportunidad, por esa más que nada, me la merezco.L a directora de cam me aconseja que busque un abogado que me represente porque lo más seguro es que el consiga que acepten mi propuesta, sobretodo si hace hincapié en que no me avisaron durante 4 anos, e incluso cuando me entere de todo hace ano y medio y pedí que me dejasen pagar, no me dejaron.Yo realmente no entiendo como pueden preferir un juicio, sabiendo que no hay nada para cobrarse, solo esperar 25 0 30 anos a que pague mi propiedad, cuando podrían estar un direno cada mes y la deuda pagada en tan solo unos 5 anos... personalmente creo que están haciendo lo posible para sacarme todo el dinero como sea, porque yo no tengo abogado y contra mi, ellos son un lobo y yo solo una ovejita.A todos los que le cuento la historia, ¿me dicen que no entienden como no aceptan.Ud que piensa?
Por cierto que no haría nada contra mi padre aunque se lo merezca, al fin y al cabo aunque entre nosotros sabemos que hobro mal y me ha metido en este lio, yo era mayor de edad y nadie me obligo a firmar, por lo que soy responsable.El gran problema que yo tengo aquí es que tardaron 4 anos en mandarme un certificado con el que yo me entere de todo y si me hubiesen lamado igual que a mi padre, desde el principio cuando se ddebian 1 cuota o 2 o 3... las cosas serian muy diferentes.Y eso no es justo.
Pues pienso lo mismo que la directora de la Cam. Si lee atentamente el mensaje anterior verá que ya le he anticipado esa situación en la que lo más normal sería actuar jurídicamente y tratar de responsabilizar a la directora del Barclays al ser conocedora de la situación y al no haber realizado lo suficiente para poder establecer un acuerdo para el re-cobro. Entiendo que se puede forzar la negociación o incluso poder reclamar daños y perjuicios personalmente a la persona en cuestión.
Así que, si desea asistencia letrada en este proceso puede contactar con nosotros (que además le tenemos ganas a las entidades bancarias a las que ya hemos puesto contra las cuerdas otras veces).
Así que, si desea asistencia letrada en este proceso puede contactar con nosotros (que además le tenemos ganas a las entidades bancarias a las que ya hemos puesto contra las cuerdas otras veces).
Muchísimas gracias por su tiempo, estos días es difícil encontrar alguien dispuesto a dar un poquito de su tiempo por ayudar.se lo agradezco mucho.
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- Anónimo
ahora mismo