Baja de autónomo
Una persona que cesa su actividad por cuenta propia, se da de baja tanto en el censo, así como en iae. Pero por error no tramita la baja en la tesorería de la s.s.al tiempo recibe notificación de ésta por descubierto.la cuestión es:
¿Se puede eximir de pagar este descubierto, alegando y demostrando la baja en iae? ¿Conocéis alguna sentencia de lo social, en la que ampararse en caso de demanda? Gracias por anticipado.
¿Se puede eximir de pagar este descubierto, alegando y demostrando la baja en iae? ¿Conocéis alguna sentencia de lo social, en la que ampararse en caso de demanda? Gracias por anticipado.
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Respuesta de gilraf
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