Intentaré ayudarle en lo que pueda. Lo primero que tiene que hacer es verificar que lo que ha construido se ajusta a lo que se puede construir en ese terreno según el Plan General del Ayuntamiento. Si no sabe cómo se hace, acuda a un equipo de arquitectos o aparejadores. Si no se puede construir nada de lo que Vd. tiene hecho, lo más probable es que si quiere legalizarlo le obliguen a derribar la vivienda, por tanto deje el tiempo correr. Si se puede construir más o menos lo que Vd tiene hecho, debe acudir a un arquitecto que le prepare un proyecto de ejecución(que será lo que Vd ya tiene construido), lo tendrá que visar el colegio de Arquitectos y el propio ayuntamiento, visitando este último por mediación de su arquitecto municipal o el funcionario correspondiente, su vivienda y dando el visto bueno. Cuando ya tenga los parabienes del ayuntamiento, éste le dará al proyecto el certicifado final de obra y la licencia de primera ocupación, requisitos indispensables para que vaya Vd al notario con todos estos certificados y levante escritura pública de todo eso "que acaba de construir". He intentado resumirle bastante, pero en líneas generales eso es lo que tiene que hacer. Prepare la cartera porque va a empezar a aflojarla por todos sitios (menos por este portal, gracias a Dios). Una cosa: a veces, si la construcción es antigua(20 años o más), los ayuntamientos permiten agilizar estos trámites, pero también son engorrosos. Así que: - Prepare la cartera. - Consulte a un arquitecto para tarifas y plazos - Suerte Mariano