Contrato de Alquiler

Buenas tardes,
Estoy a punto de alquilar un piso en Madrid, pero en el contrato de alquiler el casero se empeña en poner que debo darle un preaviso de 3 MESES antes de dejar el piso el día de mañana.
¿La ley regula esto? ¿Es decir la ley establece con cuánto tiempo hay que avisar al casero en casa de querer abandonar la casa?
Muchas gracias,
Guadalupe
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Guadalupe
No soy experto en tu tema, aunque conozco algo. Te diré que te dirijas a un experto legal, pero puedo casi asegurarte que la ley especifica que el contrato es de 5 años, que al menos, se debe cumplir en uno ( es decir, si te vas durante el primer año, tienes que pagar todo el año ), y que una vez pase el año, el contrato se puede rescindir con un preaviso que normalmente es de 2 meses y de forma fehaciente ( por escrito y por correo certificado y acuse de recibo). En ese momento, se devolverán las fianzas siempre y cuando el piso esté en buen estado salvo el propio deterioro debido al uso normal del piso.

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Sí, el casero está en lo cierto, la ley de arrendamientos obliga al inquilino a dar 3 meses de preaviso al casero de su marcha, o en su defecto si abandona in situ tiene que abonar 3 meses de alquiler aunque ya se haya ido...
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