Marihuana

Tengo unas dudillas sobre dicha planta.
- ¿Cuántos gramos es legal poseer de marihuana por la calle para considerarlo consumo propio?
- ¿En tu propia casa se pueden cultivar o es ilegal, o hay un máximo de plantas por persona, da igual si estas son macho o hembra para la policía?

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Si vives en España, te recuerdo que en su Código Penal la sola tenencia de marihuana (cannabis) es considerada delito (arts. 368 y siguientes)y como conducta grave es castigada con penas que van desde un año de cárcel hasta nueve o más en determinados supuestos, además de una multa económica. Existe la creencia de que en España está prohibida la tenencia de drogas salvo cuando es para consumo propio, y que si, como dices, te pillan por la calle con una cantidad pequeña de marihuana, no te castigan. Esto es del todo falso, y desconocer las normas puede hacer que te encuentres con sanciones realmente importantes. La Ley Orgánica 1/1992, de Protección de la Seguridad Ciudadana, en su art. 25, dice que "constituyen infracciones graves a la seguridad ciudadana el consumo en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos, así como la tenencia ilícita, aunque no estuviera destinada al tráfico, de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, siempre que no constituya infracción penal, así como el abandono en los sitios mencionados de útiles o instrumentos utilizados para su consumo."
Respecto a la segunda pregunta, te remito a la página web www.canamo.net/CONSULTORIO-LEGAL/articulos_consultorio-legal/articulo_58cl.htm donde tras la lectura de lo que ahí se dice resolverás tus dudas.
Un saludo y mis felicitaciones por tu interés en informarte sobre cuáles son los riesgos jurídicos de lo que haces y cuáles pueden ser las consecuencias, dejando aparte las consideraciones éticas y opiniones personales.

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