Pension por jubilacion

Mi pregunta es la siguiente: Una mujer casada que no trabaja, pero sí lo hizo de soltera cotizando entre Junio-1966 a marzo-1976 (casi 10 años, antes del 67, que creo existía otra ley), el día que cumpla los 65 años, ¿tiene derecho al alguna paga de jubilación o ayudas?, ¿O qué ha pasado con esas cotizaciones que hizo a la seguridad social?. Conozco casos similares donde están cobrando pensiones a pesar de no haber cotizado los 15 años.

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Para poder causar pensión por el régimen anterior es necesario tener 1800 días antes de 1967.
Este año ha entrado en vigor la ley 40/2007 que suprime los días cuota (días cotizados en las pagas extra) y establece un periodo transitorio de cotizaciones hasta llegar a los 15 años completos. Infórmese sobre cuantos días se exigirán cuando ella cumpla los 60 años. Sin olvidar que para poder jubilarse, incluso teniendo suficientes cotizaciones ha de tener 2 años cotizados en los últimos 15.
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