Pensión

Mi marido tiene una pensión permanente de accidente de trabajo, no puede trabajar en el mismo trabajo que ejercía, ¿pero esta es mi pregunta puede abrir una empresa?
Respuesta
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La respuesta es muy sencilla.
Puede abrir una empresa y ser propietario de ella. Lo que no puede hacer es desempeñar el mismo empleo que el que era su profesión habitual cuando le fue concedida la pensión.
En caso de duda siempre puede presentar un escrito al INSS para que le aclaren sobre la posible incompatibilidad.

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