Hola! El INSS me a acceptado la baja por riesgo sobre el embarazo, estoy de 19 semanas, y la fecha probable del parto es 7.07.2009, en augosto yo tengo mi vacaciones, la baja por maternidad es de 16 semanas, mi pregunta es, ¿se calcula el mes de vacaciones también? Y después de 20 semanas de la fecha del parto me regreso a trabajar, ¿o después de 16 semanas? Gracias
Respuesta
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Anónimo
Por lo que dices, tu bebé va a nacer a principios-mediados de junio. Eso significa que en Agosto no vas a estar de vacaciones, sino de baja por maternidad, ya que no se puede estar de baja y vacaciones a la vez. Para calcular cuándo tienes que volver al trabajo tienes que contar 16 semanas (112 días) desde la fecha del parto. Luego, si quieres, puedes tener tus vacaciones a partir del primer día en que te tocaría ir a trabajar o puedes pedirlas más adelante, siempre antes de final de año. Te pongo un ejemplo: Supongamos que la fecha del parto es el 10 de Junio. Eso significaría que el 30 de Septiembre tienes que incorporarte al trabajo, pues el 29 de Septiembre termina tu baja por maternidad. Ahora bien, si quieres, puedes pedir las vacaciones del 30 de septiembre al 29 de Octubre (30 días naturales). Con lo cual te incorporarías al trabajo el 30 de Octubre. Pero también puedes decidir incorporarte al trabajo el 30 de Septiembre y pedir tus vacaciones luego. La fecha máxima para empezar tus vacaciones sería el 1 de Diciembre, puesto que tienes que disfrutarlas antes de fin de año. No sé si puede interesarte, pero el padre también puede disfrutar de un periodo de baja por paternidad. Este periodo se resta del de la madre. Si él tiene 5 semanas, tu tendrías 11. Aunque las 8 primeras semanas tiene que disfrutarlas obligatoriamente la madre. Espero que esta respuesta te haya sido útil y que tu embarazo vaya muy bien. Por favor, no olvides puntuar y cerrar la pregunta si no tienes más dudas.