Indemnización por incapacidad permanente

Hola, os cuento el tema, la cosa es que en 2003 un trabajador tuvo un accidente de trabajo y hasta este año 2009 no se le ha reconocido la incapacidad permanente total para su puesto de trabajo habitual derivado de accidente de trabajo. La pregunta es la siguiente: ¿Según su convenio de aplicación en el año 2003 la cuantía de la indemnización por incapacidad permanente total derivada de accidente de trabajo eran 30.000? ¿Y en la actualidad el convenio que está en vigor recoge que serán 50.000?, ¿Cuál de las cantidades debe cobrar? La cosa es que aunque el accidente fue en 2003 el reconocimiento de la incapacidad es en 2009.
Respuesta
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Si la indemnización se cobra por el reconocimiento de una incapacidad permanente en el grado de total, la cantidad que debería cobrar es la de la fecha del reconocimiento de la I.P.Total, llamada fecha de efectos económicos, que por lo que comenta es el 2009.
Hola, el único detalle que no había comentado es que el trabajador ya no pertenece a la Empresa en 2009, ¿habría problema por ello?
Muchas gracias y un saludo
No debería tener problema, ya que la indemnización se le reconoce por que en su día tuvo un accidente laboral, y la consecuencia de dicho accidente ha sido el desencadenante de una incapacidad permanente.

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