Jubiliacion, 38 años cotizados, no en los 15 ultim

Quisiera plantear una duda:
Una persona de 65 años, con 38 años cotizados (todos ellos con bases máximas), pero ninguno de ellos en los últimos 15 años, ¿tendría derecho a pensión de jubiliación? Y si es que sí ¿Cómo se calcularía?
Es una cuestión que nos preguntábamos un grupo de amigos y la verdad no sé donde encontrar la respuesta.
Muchas gracias.
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Si no tiene cotizados 2 años en los últimos 15 años no tendrá derecho a jubilación.
Pero si ha cotizado 1800 días antes del año 67 podría solicitar un SOVI.
PD:
Muchas gracias por la rápida respuesta, en realidad es una caso ficticio, lo comentaba con una persona de 55 años que actualmente se encuentra en situación de desempleao deasde hace 2 meses y como las expectativas de encontrar empleo hoy por hoy no son muy optimistas, se preguntaba si tendría derecho a jubilación en el desarfortunado caso de no encontrar empleo.
POr tu respuesta entiendo que sí tiene derecho, ¿no obstante como se calcularía el importe?.
Una vez más muchas gracias.
Si hablamos de una jubilación ordinaria ( a los 65 años) se calcula del siguiente modo:
- Para calcular la BR (base reguladora): Se cogen las cotizaciones de los 180 últimos meses ( 15 años ) y se dividen entre 210 . Las cotizaciones de los primeros 13 años se actualizaran con el IPC, las dos ultimas no.
- Si tienes 35 años cotizados te corresponde un 100% de tu BR, si tienes menos cotizados te restan un 2% por año ( p.ej con 30 años cotizados sería un 90% )
En tu caso ficticio, tienes que saber que el desempleo contributivo también cotiza. Y después del desempleo existe la posibilidad de acogerse al subsidio de mayores de 52 años que paga el Inem y que se concede a personas que cumplen todos los requisitos de jubilación excepto la edad. Cobraría solo 420 euros ( que no es gran cosa ) pero estaría cotizando 900 y pico de euros.
:) Este tema da para mucho..
Gracias otra vez, tengo algún conocimiento de como se calcuan las bases reguladoras para la jubilación y sé que en situación de desempleo también se cotiza, seguarmente me he explicado muy mal :-( cuando hacia la pregunta, me surge la duda de: ¿Cuándo tengo que tomar las últimas cotizaciones (15 años) podría ir hacia atrás e incluir las cotizaciones angteriores a esos 15 (supongamos que no existen cotizaciones en los últimos 10 años) yaplicar la actualización del IPC? ¿O solo tendría que aplicar las bases contenidas en los 15 últimos?
Saludos.
Los 15 años se cogen siempre desde la fecha del hecho causante ( p.e el día que cumple los 65 años ) hacia atrás. Si en esos 15 años hay "lagunas" lo que se hace es poner la base de cotización mínima en cada momento ( si la jubilación se hace por el régimen general) o se pone base cero ( si el calculo se hace por régimen autónomo )

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