Jubilación anticipada

Tengo 54 años y estoy suscrito al convenio especial de la SS, régimen general. Pago el tope y en consecuencia tengo el máximo de cotización con aceptación de los incrementos anuales para cotizar siempre por el tope. Llevo cotizados 39 años de los cuales, desde el año 1997 estoy cotizando el máximo y los años anteriores casi cotizaba el tope. Desde el año 1993 he estado en el grupo de cotización 3.
La pregunta es: En el supuesto de seguir cotizando el máximo a la SS con sus respectivos incrementos anuales y con la nueva legislación que entrará en vigor en enero 2013, ¿podré jubilarme con 63 años sin apenas merma de la cantidad a percibir?.
He hecho el cálculo con la calculadora de la SS poniendo mis bases de cotización y deduciendo los porcentajes de penalización desde los 67 años, me da que puedo jubilarme a los 63 con una mínima penalización mensual, algo más de 100€, ¿es correcto?

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Vamos haber, a partir de enero del 2013 entra empieza a aplicarse la reforma de las pensiones de forma paulatina de manera que las cargas de la reforma se distribuyan a lo largo de los 15 años que van, desde el 2013 hasta el 2027 donde en esa fecha todo el mundo se tendrá que jubilar a los 65 año, si quieren jubilarse con la totalidad de la pensión.. los que tengan la carrera laboral completa es decir a los 65 años de edad y 38 1/2 cotizados a la seguridad social se podrán jubilar a los 65 años, y a los a los 67 años los que tengan cotizados 37 años.. por cada año que adelantes la jubilación te penalizan con un 7,1/2 por ciento pero como tu tienes más de los 38 años u medio cotizados el coeficiente reductores se te aplicaría sobre los 65 años y no sobre los 67 con lo que te dedicarían de la base reguladora de cuantía de de la pensión un 15% luego tienes que tener en cuenta que el periodo de computo para la base reguladora aumenta un año a partir del 2013 hasta el 2022 a razón de un año por año hasta completar los 25 años que se van a exigir para la base reguladora de las pensiones en el día de hoy son 15 los años que se exigen para calcular la cuantía de las pensiones, con todos estos datos que te doy ya puedes tener una idea de como calcular lo que te pueden deducir de la base reguladora de tu pensión.. pero yo te aconsejaría que si puedes aguantar hasta los 65 años no lo dudes en hacerlo porque a esa edad, y con los años que tienes cotizados te puedes jubilar a los 65 años con la pensión completa, porque si tienes intención de jubilarte a los 63 años te van a quitar un porcentaje importante.. un saludo.. por favor no se te olvide calificar la respuesta.
Gracias por tu rápida respuesta. Básicamente conocía los términos que mencionas.
El tema es que cuando tenga 63 años de edad, en 2020, llevaré cotizados 48 años, de los cuales 23,5 habrán sido cotizados a tope, creo que al hacer el cálculo la pensión (contando los últimos 25 años) da un valor que es superior al máximo que pagan, por eso, la posible deducción del 7,5% por año, que en mi caso según tu comentas sería un 15% de penalización, supone que al restarlo del valor que obtengo me quedo justo en el máximo que me pagan y teniendo en cuenta que me lo pago de mi bolsillo me interesa jubilarme cuanto antes siempre y cuando esté cobrando el máximo, la diferencia que obtengo son unos 120€ respecto el máximo y la pregunta estaba orientada en ese sentido para saber si es correcto lo que hago y si me podría jubilar a los 63 años.
Un saludo y de nuevo gracias.
Si tu te quieres jubilar en el 2020 con 63 años de edad, para calcular la cuantía de la base reguladora de tu pensión tienes que tener en cuenta las bases de cotización de los últimos 23 años... (porque ya se cuentan los años del nuevo periodo de calculo) las bases de cotización de los dos últimos años se toman por su valor nominal es decir se dejan tal y como están, y el resto se actualizan según el IPC una vez actualizadas se suman las bases de los 23 años y se dividen por 322 que corresponden a los 23 años de cotización más dos meses por año que corresponden a parte proporcional de las dos pagas extraordinarias que paga el estado a los jubilado excepto a los autónomos, una vez que tengamos la base reguladora se aplican los coeficientes reguladores y tu como tienes más de cuarenta años cotizados se te aplica el 7 1/2% por cada año que adelantes la jubilación sobre los 65 años .. ya sabrás que independientemente de lo que cotices hay un tope máximo establecido por el gobierno que no se puede sobrepasar y en el caso de que se sobrepase ese tope te descuentan la cantidad que sobrepase el tope establecido.. espero que te lo haya aclarado un poco más .. por favor si no me necesitas más puntúa la respuesta.

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