Baja por enfermedad

Buenos días:
Mi pregunta es la siguiente:Llevo un tiempo sopesando la idea de pedir una baja laboral por enfermedad común, más bien por estados de ansiedad, hasta el momento he estado aguantando como he podido pero veo que necesito un tiempo de descanso y tratamiento.
¿Cómo me repercutiría esto en la nomina? Tengo un salario base de 867 euros y 285 de prorroteo de pagas, más 105 de antigüedad y alrededor de 300 en diferentes conceptos.
Osea, total devengado 1.559 y liquido a percibir 1.283.
No se si me he explicado bien, pero de todas formas, GRACIAS.

1 Respuesta

Respuesta
1
Bueno aquí te lo dejo detallado:La cuantía de la prestación económica por IT varía en función de su duración y de la causa que lo origine:
a) En caso de enfermedad común o accidente no laboral, hay que distinguir, a su vez, dos supuestos distintos:
- Durante el periodo comprendido entre el cuarto día a partir de la baja u hasta el vigésimo día, ambos inclusive, consiste en un subsidio del 60% de la base reguladora.
- A partir del vigésimo primer día, corresponde el 75% de la base reguladora. Un abrazo

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas