Cotización y servicio militar

Buenas
Tengo entendido que en el caso de que te falten años para poderte jubilar se puede contar el año del servicio militar... ¿es cierto? ¿También sirve para tener los años necesarios para cobrar el máximo?
Gracias

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A efecto de las prestaciones de la Seguridad Social, el cumplimiento del servicio militar obligatorio o la prestación social sustitutoria se considera situación asimilada al alta, no existiendo obligación de cotizar durante ese período.
En consecuencia, no puede considerarse como cotizado a efectos del cómputo de los períodos de cotización necesarios para acceder a las prestaciones.

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