Quien te paga la prestación por incapacidad temporal es la entidad con la que tenga concertada tu empresa las contingencias por IT que puede ser una mutua o el INSS .. Por lo tanto si a ti te ha dado la baja el medico de atención primaria o lo que es lo mismo el medico de cabecera, el único que te puede dar la baja es el medico de cabecera o la inspección medica la mutua solo te pude dar el alta medica cuando sea la mutua la que te este tratando directamente como consecuencia de un accidente de trabajo o por una enfermedad profesional.. Pero lo mas seguro que a ti quien te a dado el alta medica a asido la inspección medica del INSS por no haberte presentado la cita de control o reconocimiento para evaluar, calificar y revisar la situación de incapacidad del paciente control, que la inspección medica hace regular mente cada dos o tres meses a los trabajadores en situación de IT.. Por lo tanto si por la razón que sea, no as acudido a la cita de la inspección medica, dispones de 10 días hábiles a partir de la fecha señalada para el reconocimiento, para efectuar las alegaciones que justifiquen la incomparecencia a la cita, a los 10 días no as presentado ninguna alegación, la prestación económica por incapacidad temporal se extinguirá con efectos del día siguiente de vencimiento del plazo de los 10 días, de todas formas puedes informarte en la dirección provincial del INSS de tu comunidad pero sin dejar de agotar los 10 días de plazo para las alegaciones.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez Gracias y un saludo..
Buenos días, ando en una situación parecida, el psicólogo me ha dado permiso para viajar pero temo que me llame la mutua estando fuera y no poder acudir, ¿Cómo debo proceder? - Alex Fernandez