Base de cotización

El que en la nomina se disminuya la base de cotización, ¿en qué afecta a la hora de cobrar el paro o en todo lo referente a la seguridad social?
Respuesta
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Para el cálculo de una prestación contributiva de desempleo ("P.Desempleo.Extinción.Tiempo Total" es como aparece su denominación en un informe de vida laboral que expide la Tesorería Gral. de la S.S.), se toman como referencia las bases de cotización mensuales del trabajador referidas al tramo de afiliación a la S.S. (reg. Gral., normalmente) en el cual haya estado cotizando como trabajador por cuenta ajena. Una vez prorrateadas, se averigua la base reguladora de la prestación, que implica dividida por 30 días el salario diario que devenga el trabajador en su percepción de la prestación de desempleo; y, a su vez, en el subsiguiente subsidio por desempleo que pudiera llegar a percibir una vez agotada la prestac. Inicial contributiva. El subsidio -tenerlo en cuenta- no cotiza a la S.S. en tanto dure el tiempo de su percepción.
Evidentemente, para el cálculo de la base reguladora de una prestación y/o pensión dependiente del Sistema de la S.S. claro que influye el hecho de observar bases de cotización inferiores a la-s máxima-s que en un momento dado haya alcanzado el trabajador objeto de estudio. Pero, claro, no es igual encontrarnos con b.c. inferiores a las máximas que hayamos alcanzado en un trabajador que note esa disminución a partir de los 52 años de edad, por ejemplo, que en uno que haya observado tales disminuciones con 35 ó 40. Ello debido a esa toma de consideraciones que contempla la ley respecto de los últimos 15 años cotizados cuando se observa un trámite de jubilación o invalidez permanente.
Consultar la web de la S.S., que es "www.seg-social.es". Antes de un año estará disponible el cálculo de la pensión de jubilación de un trabajador vía web.

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