Aunque las empleadas del servicio domestico coticen al RGSS pero no para el desempleo, el echo de que no coticen al SEPE para la prestación por desempleo, no significa que no puedan acceder a la prestación por desempleo que hayan tenido que n interrumpir para realizar cualquier tipo de actividad sea por cuenta propia o por cuenta ajena siempre que al finalizar dicha actividad se encuentren en situación legal de desempleo por haber finalizado el contrato de trabajo por haber sido despedido o por haber tenido que cesar una actividad por cuenta propia por causas ajenas a su voluntad.. Por lo tanto si estabas cobrando la prestación o subsidio por desempleo y le tuviste que interrumpir para trabajar como empleado del hogar una vez que finalices el contrato de trabajo dispones de 15 días hábiles sin contar ni los domingos ni los festivos, para solicitar la reanudación de la prestación que hayas tenido que interrumpir para comenzar a trabajar como empleado del hogar, por la misma cuantía que tenias antes de comenzar a trabajar, y por el tiempo que te quede por agotar de la prestación interrumpida... Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta