Presentación telemática de partes de IT

¿Se pueden presentar los partes de IT telemáticamente? La orden que la regula dice que entrará en vigor a los 3 meses, pero, ¿durante esos 3 meses se pueden presentar?

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Hace ya bastante tiempo que pueden presentarse telemáticamente los partes de IT, concretamente en nuestro despacho llevamos ya más de un año presentándolos y la verdad que prácticamente no hay incidencias.
Aunque sea de manera voluntaria, merece la pena adelantarse a la obligación legal, vas a ahorrarte trabajo.

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