Pagos de autónomo

Soy un biólogo y estoy ejerciendo como autónomo desde el 1994. En esa fecha podíamos trabajar como autónomos pero no podíamos entrar en el régimen de autónomos, me explico, no pagábamos a la seguridad social, pero tampoco teníamos derecho a una jubilación ni a la SS, por lo que me dijeron que tenía que hacerme un seguro médico privado y en el banco un plan de jubilaciones. A partir de noviembre del 95, la ley cambió, pero a los que estábamos en esa situación nos dijeron que, o bien nos quedábamos como estábamos, o bien pagábamos al mes la cuota de autónomo y ya entraríamos a tener una jubilación y a poder utilizar la SS. Hasta entonces he estado así, y la verdad es que lo he preguntado y nadie me ha dicho que lo esté haciendo mal, pero siempre he tenido la mosca detrás de la oreja, Mi pregunta es, ¿estoy haciendo bien, o estoy totalmente equivocado y no me han asesorado bien?

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Hoy en día cualquier persona que quiera ejercer cualquier tipo de actividad profesional por cuenta propia, puede hacerlo y ademas puede darse de alta en el RETA sin ningún problema y cotizar para la jubilación y para el cese de actividad.. Por lo tanto no se trata de que lo estés haciendo peor o mejor si no de que quieras o no tener derecho a una pensión mas o menos digna según lo que puedas o estés dispuesto a pagar según la base de cotización a la que te quieres acoger así como el poder beneficiarte de los servicios de la seguridad social y del desempleo para los autónomos, de rotas formas aquí te dejo un par de enlaces con mas información, pero si quieres darte de alta en autónomos para que puedas tener derecho al cese de actividad o paro para autónomos, así como el acceso a los servicios de la seguridad social para que cuando te jubiles tengas derecho al cobro de una pensión si no es en un Epígrafe es en ottro pero si quieres y estas dispuesto a darte de alta en el RETA como trabajador por cuenta propia lo puedes hacer sin ninguna clase de impedimento te lo digo por experiencia propia.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

http://www.infoautonomos.com/hazte-autonomo/alta-autonomo-obligaciones/

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