No se quien te a dicho que la mayoría de las revisiones por mejoría o agravamiento de incapacidad permanente, se pasan cada dos años, porque eso no es así, porque hasta que no se cumplen los 65 años el EVI te puede citar para pasar la revisión en cualquier momento, y cuando se cumplen los 65 años es cuando se deja de pasar la revisión porque se produce el cambio de denominación de pensión por incapacidad permanente a pensión de jubilación, sin que el cambio de denominación repercuta en la cuantía de la pensión.. Ahora bien el que en la la resolución del INSS se indique una fecha determinada para la revisión por mejoría o agravamiento, no significa que dicha revisión se valla a pasar en la fecha indicada si no que a lo mejor se pasa mucho mas trade e incluso em muchas ocasiones ni se llega a pasar la revisión, así que no tienes porque que `preocuparte por el tema de la fecha de la revisión porque el que en la resolución de la incapacidad, se indique una fecha para pasar la revisión, el equipo de valoración de incapacidad( EVI) te puede citar con un mes de antelación o pueden asar muchos años sin citarte incluso pueden pasar de citaciones hasta que te jubiles.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta muchas gracias y un saludo..