Contratar

Quería saber si en una asociación cultural sin ánimo de lucro se puede contratar a algún socio para que desempeñe una actividad distinta a su cargo (presidente, vice, secretario). Si esto es positivo, ¿qué tipo de contrato? ¿Puede ser uno por horas por ejemplo)

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Por supuesto que en cualquier asociación sin ánimo de lucro (cultural o de lo que sea, aunque suelen ser siempre de tipo o fines culturales, principalmente), puede haber personal que ejerza funciones auxiliares remuneradas a cuenta de los ingresos de la entidad. Esta persona puede ser socio/a o no socio y aunque no suele ser frecuente que un cargio remunerado recaiga en un miembro directivo de la entidad, si la Asamblea así lo acepta, tampoco hay inconveniente para ello, salvo que la experiencia indica que no suele dar buen resultado porque es mezclar conceptos y los socios acaban teniendo "celos" del que cobra, y esas envidias se sustanciaspronto en críticas a la gestión o a los emolumentos.
Cuanta más transparencia, mejor para todos. Es una experiencia. Saludos. Janstab

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