Creación de Asociación de Comerciantes

Estoy pensando en montar una Asociación de Comerciantes con la intención de mantener informado a los comercios de un barrio de mi ciudad, quiero darles servicios de información, asesoramiento, publicidad, formación... Y veo que es necesario que le cobre cuotas a cada uno de los asociados, cuando yo lo que quiero es que a ellos no les cueste dinero y cobrarles solamente por servicios adiccionales como pueden ser publicidad, páginas webs... El resto mi idea es mantenerla con las pequeñas subvenciones que pueda obtener. ¿Es obligatorio cobrar una cuota a cada uno de los asociados?
Por otro lado comentarle que no tengo ningún comercio y mi pregunta es si para montar una asociación ¿la junta directiva tiene que ser comercios o pueden ser simples trabajadores con experiencia en otras asociaciones?
Esta asociación sería sin animo de lucro, no obstante habría que meter a un administrativo para que llevase todo el papeleo y entiendo que el si se beneficiará económicamente ya que estaría contratado. ¿Es posible?.

1 respuesta

Respuesta
2
Parece que no tiene muy claro el concepto de asociación sin animo de lucro...
Los socios han de pagar cuotas que permitan el mantenimiento de las actividades que se realicen para lograr los objetivos sociales. Ese importe lo fijan ustedes en relación a los gastos que tengan. Ademas han de ser un numero de socios que permita cubrir los cargos obligatorios de la junta directiva, de han de ser no remunerados para poder tener la exención del IVA de las cuotas de socios.
Dependiendo de los estatutos, sera o no obligatorio ser comerciante para formar parte de esa asociación, ustedes marcan las obligaciones a cumplir, siempre dentro de la normativa legal.
Si se realizan servicios a los socios, que puedan ser consideradas actividad económica, tendrá que darse de alta en esa actividad en la Agencia Tributaria y por su puesto realizar las declaraciones correspondientes de IVA, Retenciones, etc...
Contratar a un empleado es posible, pero no recomendamos que forme parte de la junta directiva, pues puede dar lugar a problemas con hacienda, por el tema de la exención del IVA, que puede considerar que es una forma de remuneración.
Ademas, recuerde que sin animo de lucro significa que no puede repartir los beneficios entre los socios o traspasarlos a un tercero, ese dinero ha de utilizarse para cumplir los objetivos sociales.
Si usted pretende que su asociación se financie con subvenciones, le deseamos mucha suerte... Cumplir con los requisitos exigidos ya es todo un logro en muchos casos y ademas las subvenciones son para proyectos concretos, como norma general y no suelen cubrir el total necesario para su realización.
Agradecemos la valoración de la respuesta.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas