Asociación sin ánimo de lucro: colaboraciones

Somos una asociación sin ánimo de lucro que debe hacer unos pagos por colaboraciones
a parte de nuestros socios, ¿debemos hacer retenciones?, si fuera que sí, ¿qué deberíamos
presentar en hacienda?, tanto los socios colaboradores como la asociación.

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Esto es un tema complicado y depende de muchas circunstancias, pues en realidad, los colaboradores solo podrían cobrar los gastos, como voluntarios, y justificando con facturas.
Hay algunos casos en los que se podría hacer una factura con retención a los colaboradores, y la asociación tendría que ingresar en Hacienda y los colaboradores declararlo como ingresos en su declaración de la Renta, pero no sirve para todos los casos... y habría que estudiarlo uno a uno... Si tienen trabajo (alta en la seguridad social) y se paga como "profesor" de un curso, no hay problema...
La asociación, puede contratar a los empleados que necesite, como una empresa, aunque sean contratos de una hora semanal... y esta seria la forma legal de hacerlo.
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