Fiscalidad asociación sin ánimo de lucro

Vamos a constituir una Asociación sin ánimo de lucro que impartirá clases de música y algunos trabajos de cerámica para Ayuntamientos. Los trámites de constitución los tenemos claros.
Mi pregunta es: ¿Cómo recibirían los asociados-profesores sus honorarios? La asociación emitiría fra. Con IVA al Ayto. Pero ¿cómo perciben el importe de sus servicios de la asociación los asociados? ¿Cómo les afecta a cada uno en su fiscalidad?

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Esto es complicado y depende de muchas circunstancias, pero han de tener claro, que una asociación sin animo de lucro, no puede repartir beneficios entre sus socios... Ademas los miembros de la Junta Directiva, no han de cobrar por el ejercicio de sus cargos...
Entendemos que si facturan con IVA, es por ser una actividad económica, que pagara Impuesto de Sociedades... Por lo tanto, lo mejor seria que les contrataran como empleados...
Ustedes pueden realizar contrato de trabajo a las personas que realicen los cursos, o acogerse a una figura, que solo sirve en algunos casos y podría suponer un problema más con la Seguridad Social que con Hacienda si no tienen otro trabajo, realizando una autofactura a los profesores, sin IVA y con Retención del 15%, que habrían de ingresar trimestramente en la Agencia Tributaria y ellos han de declarar en su RENTA.
Si lo desean, nosotros podemos ofrecerles servios especializados para este sector, con amplia experiencia. Encontrara la información de contacto en nuestra web.
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